El Supremo acordó que el etarra "cumplirá sucesivamente sus responsabilidades penales (...), de modo que extinguida una pena, con las redenciones y beneficios que le puedan ser aplicables, comenzará el cumplimiento de la siguiente y ello por el orden sucesivo de su respectiva gravedad". Hasta este fallo, las redenciones se descontaban de la pena acumulada, con lo que el tiempo máximo de cumplimiento de condena quedaba en unos 20 años.
"La ley no establece para nada la posibilidad de redenciones sobre la totalidad de la condena y no sobre la pena resultante, que es de treinta años", dijo la abogada de Parot, que añadió que la Constitución señala que las penas se deben orientar hacia la "reeducación y reinserción social". Baglietto ya calificó la sentencia de "ilegal", y sostuvo que su cliente quedó en situación de "indefensión" en el Supremo, ya que en el proceso se vulneró el principio acusatorio, ya que, en su opinión, la sentencia de este tribunal es "totalmente política" y contraria a "cientos" de resoluciones anteriores sobre la aplicación de beneficios penitenciarios.