
La Fiscalía entra en el fondo del asunto para analizar los cuatro autos que, según las acusaciones, son supuestamente "prevaricantes", y califica de "sorprendente" que puedan considerarse como delictivas resoluciones que son de contenido diametralmente opuesto.
Apunta especialmente al auto de 16 de octubre de 2008 en el que Garzón hace una tesina del franquismo y se declara competente para investigar las desapariciones y al suscrito el 18 de noviembre de ese año en el que el juez de la Audiencia Nacional se inhibe de investigar en favor de distintos juzgados de instrucción distribuidos por todo el territorio nacional.
El fiscal, del lado de Garzón
"Si por el primero prevarica el magistrado querellado al declararse competente para investigar unos determinados hechos, es difícilmente comprensible que prevarique también por el segundo cuando decide inhibirse del conocimiento de la causa al entender que la competencia corresponde a otros órganos jurisdiccionales", apunta la Fiscalía.
Recuerda asimismo que la tesis mantenida por Garzón para incoar esta investigación fue respaldada con por cuatro magistrados integrantes del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que discreparon de la decisión de la mayoría que determinó que éste hubiera de ceder en favor de los juzgados de instrucción de otros territorios.
La Fiscalía señala que tampoco puede considerarse 'prevaricante' la decisión de solicitar las certificaciones de defunción de los presuntamente responsables de los delitos inicialmente denunciados, entre ellos el del propio Francisco Franco, al ser notorio su fallecimiento. Esta solicitud es, en opinión de la Fiscalía, e incluso en el caso de los personajes históricamente más relevantes, una aportación formal y necesaria en el procedimiento penal.
"Todos los hechos alegados o de trascendencia para el proceso penal están sujetos a prueba rigurosa, más aún si se trata de una circunstancia que puede determinar la extinción de la responsabilidad penal, como es el fallecimiento del reo", añade el escrito del Ministerio Público.
"¿Podría decirse que habría prevaricado el juez que, en fechas mucho más próximas al 20 de noviembre de 1975, pudo tramitar la declaración de herederos de Francisco Franco Bahamonde, pudo y debió solicitar a los presuntos herederos que acreditaran el fallecimiento de su causante con la aportación de su certificado de defunción?", concluye el escrito.

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