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El Gobierno aprueba la plantilla de oficiales y suboficiales para el Ejército

Pese a las críticas de militares y oposición, el Gobierno sigue adelante con la Ley de Carrera Militar. Este viernes, aprobó las plantillas reglamentarias de oficiales y suboficiales para el periodo 2009-2013, cumpliendo los criterios de la polémica ley.

Pese a las críticas de militares y oposición, el Gobierno sigue adelante con la Ley de Carrera Militar. Este viernes, aprobó las plantillas reglamentarias de oficiales y suboficiales para el periodo 2009-2013, cumpliendo los criterios de la polémica ley.

(Libertad Digital) La polémica ley de la Carrera Militar de 2007, que ha puesto en pié de guerra a la gran mayoría de las Fuerzas Armadas, y cuya modificación urgente es solicitada día sí y día también por los partidos de la oposición y las asociaciones de militares, fija un máximo de cincuenta mil oficiales generales, oficiales y suboficiales en servicio activo.

Asimismo, establece que el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Defensa, fijará, con vigencia para períodos cuatrienales, las plantillas reglamentarias de oficiales generales, oficiales y suboficiales por cuerpos, escalas y empleos de los militares de carrera, excepto los correspondientes a los dos primeros empleos, cuyos efectivos serán los que resulten de las provisiones de plazas y de la aplicación del sistema de ascensos por antigüedad.

De esta manera, el Real Decreto aprobado este viernes por el Ejecutivo Zapatero, que no incluye los dos primeros empleos de cada escala, establece un ligero incremento en el número global de oficiales, con una apreciable disminución del número de oficiales generales, coroneles y comandantes, y un incremento en el empleo de teniente coronel. El incremento en este último empleo viene justificado por la disminución de los empleos superiores (coroneles y generales) y para facilitar el proceso de constitución de la nueva escala de oficiales que comienza el 1 de julio de 2009.

En la categoría de suboficiales se mantiene el número global en los empleos de brigada y superiores, con disminución en el empleo de brigada e incremento en los empleos de subteniente y suboficial mayor.

En concreto, en lo que se refiere a oficiales generales y coroneles, en el último periodo anual 2012-2013 se autoriza una plantilla de 225 generales y queda pendiente para el segundo ciclo cuatrienal una reducción de 25 para alcanzar los 200. En cuanto a coroneles, se autoriza una plantilla de 1.134 y queda también pendiente una reducción de 84 para alcanzar los 1.050. A la entrada en vigor de la Ley de la Carrera Militar, el número máximo autorizado de oficiales generales era de 265 y el de coroneles, de 1.235.

La evolución del total global de la plantilla reglamentaria propuesta permanece prácticamente estable a lo largo de los sucesivos períodos anuales de este ciclo cuatrienal. Sin embargo, a lo largo de este mismo ciclo habrá un descenso constante de los efectivos totales de cuadros de mando, en particular en la categoría de oficial, como consecuencia del mayor número de bajas previstas para todos los empleos en esta categoría en relación con la previsión de ingresos en el empleo de teniente, mientras que en la categoría de suboficial se prevé el mantenimiento o un ligero incremento de sus efectivos.

Por otra parte, para facilitar una adecuada adaptación temporal entre la transformación de la estructura orgánica y funcional y la disminución de oficiales generales, se habilita al Ministro de Defensa para que pueda modificar la distribución por empleos, sin incrementar el número total y siempre en sentido jerárquico descendente.

Igualmente, se autoriza al Ministro a determinar, con carácter anual, las plantillas de las escalas a extinguir de oficiales, y las plantillas de los militares de complemento, diferenciando las de los militares de carrera, que se deducirán de las autorizadas en este Real Decreto para cada periodo anual.

Asimismo, se modifica un Real Decreto de 20 de diciembre de 1991, por el que se adaptaba a las escalas declaradas a extinguir el régimen del personal establecido en una ley de 1989, en lo relativo a los apartados que hacen referencia a los empleos militares en cada una de las Escalas a extinguir en el Ejercito de Tierra, Armada y Ejercito del Aire. Dicha modificación afecta a la Escala de subdirectores músicos a los que se posibilita alcanzar el empleo de capitán mientras que antes sólo podían alcanzar el de teniente.

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