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Garzón, dispuesto a recurrir ante el Tribunal Constitucional

Garzón ha fracasado en su intento a la desesperada de retrasar su paso por el banquillo. El Supremo ha rechazado la recusación presentada contra Varela, que instruye el proceso contra el juez estrella por prevaricación en su causa contra el franquismo. No cabe recurso.

Garzón ha fracasado en su intento a la desesperada de retrasar su paso por el banquillo. El Supremo ha rechazado la recusación presentada contra Varela, que instruye el proceso contra el juez estrella por prevaricación en su causa contra el franquismo. No cabe recurso.

Está dispuesto a llegar hasta dónde haga falta, incluso a pedir amparo al Tribunal Constitucional, para demostrar que el Tribunal Supremo le ha dado un trato discriminatorio. Así lo ha dejado entrever este martes el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón en el escrito que ha presentado ante la Sala de lo Penal alegando que se están vulnerando sus derechos fundamentales.

El juez de la Audiencia Nacional denuncia la vulneración de derechos fundamentales al amparo del artículo 44 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. En un escrito, al que ha tenido acceso Libertad Digital, su abogado en la causa de la Memoria Histórica Gonzalo Martínez Fresneda, cree que el hecho de que el magistrado del TS Andrés Martínez Arrieta rechazara de plano la recusación de su colega, el juez Luciano Varela, ha vulnerado tres de sus derechos fundamentales: el derecho a un proceso con todas las garantías, el derecho a la igualdad de las partes y el derecho a un juez imparcial.

Garzón presentó a finales del mes pasado la citada recusación al considerar que Varela tiene "interés directo" en la causa y le acusó de parcialidad por haber pedido a las acusaciones -Falange Española de las Jons, Manos Limpias y Libertad e Identidad-que rectificaran sus escritos de acusación para que se ajustaran a lo exigido por la ley.

La recusación no llegó a la Sala

La semana pasada, Martínez Arrieta rechazó de plano la recusación planteada por Garzón contra Varela al entender que el hecho de que el instructor concediera un determinado plazo a las acusaciones para subsanar varios defectos en sus escritos de acusación se adecuaba a lo establecido en la ley procesal penal.

En opinión de Martínez Arrieta, "tampoco cabe hablar de parcialidad del instructor por tomar una decisión que persigue reforzar y actuar las garantías derivadas del principio acusatorio que ampara al imputado en el procedimiento penal".

Argumenta también que el instructor de la recusación, Andrés Martínez Arrieta, no está autorizado a rechazar la recusación, facultad, en su opinión, atribuida al pleno de la Sala de lo Penal. "Ello ha privado a nuestro representado de una garantía fundamental, como es la de que su reclamación sea examinada por toda la Sala y no dependa del criterio de un solo magistrado".

Varela, "el autor intelectual de las acusaciones"

También indica que el rechazo de plano de una recusación "supone que la resolución de la que depende el futuro del procedimiento y la posible suspensión cautelar de nuestro representado -resolución que además no es susceptible de recurso- dependa ahora de un magistrado que estimamos ha tomado un evidente interés parcial en el asunto".

Además, Garzón alega ahora Varela "era el autor intelectual, aunque involuntario, del primer escrito de acusación de las asociaciones Manos Limpias y Libertad e Identidad". Posteriormente -indica- el instructor pasó a ser "el autor intelectual y voluntario del núcleo central del segundo escrito de dichas acusaciones populares", así como de un tercer escrito de acusación de éstas.

Este escrito, es el requisito legal exigido por el artículo 44 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, para que posteriormente el juez pueda recurrir en amparo al intérprete máximo de la Constitución.

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