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TRAMA DE CORRUPCIÓN

El Tribunal Superior de Madrid asume la "totalidad" de la operación Cacería

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha acordado este martes aceptar la "totalidad" de la competencia de la operación Cacería, hasta ahora en manos del juez Baltasar Garzón, quien pese a anunciar su inhibición hace ya más de tres semanas ha continuado instruyendo la causa.

Baltasar Garzón. Efe

LD (Ángela Martialay) La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha acordado este martes, a través de un auto del que ha sido ponente el magistrado Francisco Vieira -presidente del Tribunal-, aceptar la competencia para instruir la operación Cacería, hasta ahora en manos del titular del Juzgado de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional, el magistrado Baltasar Garzón.

Además, el alto tribunal madrileño ha reclamado la inmediata remisión a esta Sala de la totalidad de las actuaciones seguidas por Garzón, sin perjuicio de la decisión que adopte la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Igualmente, en la misma resolución se ha interesado del Ministerio Fiscal un informe sobre la posible competencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, ante la posibilidad de que haya aforados de otra Comunidad implicados en esta causa.

"Es criterio del Tribunal Supremo que cuando en una misma causa aparecen responsables personas aforadas de dos Comunidades Autónomas diferentes, corresponde a la Sala Segunda del Tribunal Supremo el conocimiento de la causa", reza el auto. "Procede recabar el parecer del Minsiterio Fiscal sobre tal cuestión, sin perjuicio de la asunción de competencia que se realiza en esta resolución", añade.

Es decir, que desde el TSJ de Madrid se va a preguntar a la Fiscalía sobre la competencia del Supremo para investigar la operación Cacería no porque se vean indicios contra aforados nacionales -tal como apuntó Garzón al implicar por descarte al senador del PP Luis Bárcenas y al eurodiputado popular Gerardo Galeote- sino porque es jurisprudencia del Alto Tribunal que cuando en una misma causa están implicados aforados de dos comunidades autónomas es la Sala Segunda del Supremo la competente para asumir la causa.

Delitos de cohecho o tráfico de influencias

De esta forma, la Justicia de Madrid considera que aparecen, entre las actividades aparentemente ilícitas objeto de investigación, la posible percepción por Alberto López Viejo, Benjamín Martín Vasco y Alfonso Bosch Tejedor, diputados del PP en la Asamblea de Madrid que gozan de la condición de aforados, de importantes cantidades de dinero en atención a sus actividades de mediación e influencia, con motivo de la adjudicación de contratos a varias empresas relacionadas con imputados en la causa seguida en dicho Juzgado Central de Instrucción. La Justicia madrileña estima que dichas actuaciones podrían corresponderse con delitos de cohecho o tráfico de influencias.

Según la resolución judicial, las declaraciones de alguno de los imputados apuntan a que Alberto López Viejo, aprovechó sus cargos públicos anteriores (Viceconsejero de Presidencia) para favorecer a alguna de esas empresas. Además, según la documentación incautada parece corresponder algunos de los apuntes a cantidades entregadas a esta persona por personas vinculadas a sociedades adjudicatarias de contratos suscritos con entidades públicas.

Las mismas declaraciones y documentación son indicativas de la posible realización por Benjamín Martín Vasco, durante su etapa como Consejero Delegado de la Empresa Pública “Fomento y Desarrollo Municipal S.A.” vinculada al Ayuntamiento de Arganda del Rey-, de labores de intermediación en la adjudicación de proyectos urbanísticos desarrollados en ese Ayuntamiento, así como la percepción de notables cantidades de dinero de personas relacionadas con sociedades favorecidas por esa adjudicación.

E igualmente las mismas diligencias ponen de manifiesto que Alfonso Bosch Tejedor, diputado en la Asamblea de Madrid desde 2003, cuando desempeñaba su cargo de Gerente de la Empresa Municipal de Suelo y Vivienda de Boadilla del Monte, percibió importantes cantidades que podrían tener relación con la adjudicación de contratos a empresas del entramado societario de Francisco Correa, favorecidas por la intermediación de aquél.

Garzón ya no podrá instruir la operación

Por ello, tratándose de personas respecto a las cuales el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid establece que su inculpación, prisión, procesamiento y juicio corresponden al TSJ de Madrid, la Sala Civil y Penal de este Alto Tribunal considera que es la competente para instruir de forma este procedimiento, sin perjuicio del TSJ de Valencia y el Supremo. 

De esta forma, se materializa la inhibición de Garzón tal y como señala el auto: "Cesando cualquier actividad instructora en el momento en el que se comunique al juez titular del juzgado de instrucción número 5 de la Audiencia Nacional esta decisión". A partir de ahora, el instructor que investigará esta operación será el magistrado Antonio Pedreira.

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