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Garzón acusa al Supremo de "declararle culpable en toda regla"

El juez estrella ha respondido ya al auto del Supremo donde se adelanta que se sentará en el banquillo de los acusados por las escuchas del caso Gürtel. Según Garzón, el escrito es "una verdadera y acabada declaración de culpabilidad en toda regla".

En un extenso recurso hecho público este martes, el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, actualmente suspendido de sus funciones, pide al Tribunal Supremo que archive la causa por las escuchas ilegales practicadas cuando fue el primer instructor del caso Gürtel.

La opinión del juez ha sido expuesta por su abogado, Francisco Baena, en el recurso de reforma que ha interpuesto contra la resolución del magistrado del Tribunal Supremo, Alberto Jorge Barreiro. En dicho auto, el instructor del Alto Tribunal decidió seguir adelante con el procedimiento donde se investiga la intervención de las conversaciones entre los principales imputados en la trama de corrupción y sus abogados en la prisión madrileña de Soto del Real llevadas a cabo por Garzón.

En ella, Jorge Barreiro enumeró los indicios que existen para juzgar a Garzón por los delitos de prevaricación y contra las garantías constitucionales ya que éste "vació" el derecho de defensa de los presos. Ahora, el juez suspendido reclama al instructor del TS que anule dicho auto y archive el procedimiento ya que según Baltasar Garzón "resulta improcedente y carente de toda justificación" continuar con él.

La querella contra Garzón por estos hechos fue presentada el 9 de diciembre de 2009 por el abogado Ignacio Peláez, que defiende en el caso Gürtel al empresario José Luis Ulibarri, aunque posteriormente el Supremo admitió que se personaran también como acusaciones el presunto cerebro de la trama de corrupción, Francisco Correa, y su segundo, Pedro Crespo.

En su declaración ante el Alto Tribunal, Garzón justificó su actuación diciendo que ordenar las escuchas era la "única vía" para evitar que ocultaran pruebas o se perdieran los fondos que manejaban los implicados, lo que para Barreiro era una "mera posibilidad".

Garzón alega indefensión

Al respecto, el letrado de Garzón argumenta que la resolución de Jorge Barreiro merma gravemente los derechos e intereses de su cliente porque ha sido dictada sin haberse concluido la instrucción. También alega que aún hay investigaciones en curso de las que no se ha dado traslado a las partes y que incluso existen partes del sumario que todavía están declaradas secretas.

El abogado del juez afirma que la lectura del auto recurrido puede llevar al lector imparcial a que se pregunte "si realmente se está abriendo la fase intermedia de este proceso penal o si por el contrario, aunque no sea la verdadera intención del autor, se está algo más que insinuando sino proponiendo anticipadamente la decisión final que personalmente a la digna instrucción judicial le merece".

Todo ello a la vista "de las fatales conclusiones que se obtienen a través de tan extensa, minuciosa y categórica resolución, como verdadera y acabada declaración de culpabilidad en toda regla". "El auto se prodigará en las más rotundas aseveraciones condenatorias", añade.

Para el magistrado instructor del Supremo los delitos de cohecho, tráfico de influencias y blanqueo de capitales son de incuestionable gravedad, pero eso no justifica, cuando no concurren indicios incriminatorios contra los letrados que asisten a los imputados, que se limite el derecho de defensa "hasta extremos que lo hacen impracticable o totalmente ineficaz".

Intervenciones indiscriminadas

Sin embargo, el letrado de Garzón argumenta que no sólo se intervino a los abogados, sino que se intervinieron las comunicaciones de los presos con cualquier persona y "en todo caso y desde el primer momento se previno la salvaguarda del derecho de defensa". "Por tanto, es erróneo entender que se autorizaron escuchas o comunicaciones de los letrados", afirma la defensa. "Ello se acuerda sin intención alguna de interferir, limitar o afectar el derecho de defensa", añade Bocanegra.

Sin embargo, lo cierto es que el artículo 51 de la Ley Orgánica General Penitenciaria distingue entre las comunicaciones "generales" de los internos con terceras personas y las comunicaciones más "particulares" de aquellos con sus letrados. Esas comunicaciones "particulares" son sometidas a un régimen especial y la autorización de su intervención debe ser solo dispuesta por la Autoridad Judicial, sin posibilidad de que la misma pueda ser acordada por la Autoridad Penitenciaria.

En concreto, la Ley recoge que las comunicaciones de los presos con sus abogados no podrán ser suspendidas o intervenidas "salvo por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo". En este sentido, el instructor del Supremo ha mantenido que Garzón no interpretó la ley de forma "correcta".

Por otro lado, el querellado trata de justificar ahora dichas intervenciones subrayando que "se trataba de descubrir e impedir una nueva actividad delictiva en la que participaban de un lado los presos y de otro lado una/as personas no determinadas cuya identificación podía obtenerse mediante esta diligencia".

Acto seguido, el recurso sostiene que el TS no ha podido probar que dichas escuchas ilegales afectaran a la estrategia de defensa desarrollada por los letrados de los imputados en Gurtel. "El auto dictado no ofrece ni un solo dato que permita asegurar que el conocimiento del contenido de las comunicaciones afectó al derecho de defensa de ninguno de los interesados internos, o que, cuando menos haya justificado la realización de alguna diligencia de instrucción o cualquier otra actuación judicial como consecuencia de tal conocimiento", señala el recurso.

Además, la defensa de Garzón vuelve a proponer que se tome declaración como testigo al instructor del caso Gürtel en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Antonio Pedreira, y al abogado Ignacio Peláez. También reitera la solicitud de otras diligencias, como que se reclame al TSJM testimonio del auto de 20 de abril de 2009, por el que Pedreira prorrogó las escuchas acordadas por Garzón con el informe favorable de la Fiscalía.

Por su parte, el juez estrella está suspendido cautelarmente de sus funciones en la Audiencia Nacional desde el pasado mes de mayo, después de que el Supremo le abriera juicio oral por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo. Junto con la causa de la Memoria Histórica y la de las escuchas de Gürtel, el juez está siendo investigado en la última instancia judicial española por el cobro de unos cursos que impartió en la Universidad de Nueva York durante los años 2005 y 2006.

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