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La AN permite el homenaje a dos etarras fusilados en el franquismo

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha decidido permitir cuatro homenajes celebrados en el País Vasco y Navarra en tributo a varias personas fusiladas durante la dictadura de Franco, entre ellos los etarras Juan Paredes Manot, alias "Txiki", y Ángel Otaegi.

La prohibición de los homenajes había sido solicitada el pasado viernes por la asociación Dignidad y Justicia al considerar que los actos podían ser constitutivos de delitos de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas.

Sin embargo, el magistrado Andreu, a quien ha correspondido la causa por encontrarse de guardia, considera que no hay elementos suficientes para prohibir los homenajes.

El auto hecho público este lunes destaca que en los actos también se rendía homenaje, además de a los dos etarras, a los miembros del Frente Revolucionario Antifascista y Patriótico (FRAP) Xosé Humberto Baena, Ramón García San y José Luis Sánchez Bravo, todos ellos fusilados el 27 de septiembre de 1975 tras ser condenados a muerte por la dictadura franquista.

En concreto, la asociación pidió la prohibición de los homenajes convocados y celebrados el pasado sábado en la Plaza de la Música de Zarautz y en la localidad de Nuarbe, ambos en la provincia de Guipúzcoa. Asimismo, solicitó la prohibición de los actos convocados para hoy, lunes, en el cementerio de Zarautz y en la plaza del Ayuntamiento de Pamplona.

"No existen indicios sólidos de delito"

A pesar de reconocer que la libertad de reunión "no es un derecho absoluto" sino que está sometido "a determinados límites", el juez Andreu recuerda en su auto que "no basta con la mera sospecha de que se vayan a producir alteraciones del orden público" para prohibir manifestaciones.

El magistrado señala que tanto la Policía Nacional como la Ertzaintza han certificado que la organización que convoca los homenajes, "Ahaztuak" (Olvidados), es una asociación legalmente registrada de la que no consta ninguna relación con ETA o su entorno.

En base a estos datos, Andreu concluye que "en ninguna de las convocatorias existen indicios sólidos sobre la posible comisión de un delito de enaltecimiento del terrorismo" y señala que prohibir los actos constituiría una vulneración del derecho de reunión consagrado en la Constitución.

A pesar de no acordar su prohibición, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional ordenó a la Policía Nacional y a la Ertzaintza para que se personasen en los distintos actos de homenaje para impedir que se produjesen enaltecimientos del terrorismo y para que, en su caso, identificasen y detuviesen a sus autores. Los actos coinciden con la celebración del "Gudari Eguna" (Día del Soldado Vasco).

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