Lunes 7 de Febrero
Actualizado a las 00:27:12
LD

Libertad Digital: Noticias y opinión en la Red

España

23
ARCHIVA LA QUERELLA DE VCT

El juez, sobre Eguiguren: expresó sus "legítimas esperanzas del fin de ETA"

El juez Pablo Ruz ha desestimado la querella de Voces contra el Terrorismo contra Eguiguren por humillación a las víctimas y colaboración con banda armada, después de que reconociera en La Sexta que ha comido varias veces con el etarra Josu Ternera.

ÁNGELA MARTIALAY

En un auto hecho público este martes el magistrado del Juzgado de Instrucción Número 5 de la Audiencia Nacional ha rechazado la querella interpuesta por la asociación de Francisco José Alcaraz contra el presidente de los socialistas vascos, Jesús Eguiguren.

El pasado día 7 el político declaró en La Sexta que antes de Navidad habría "una declaración definitiva y verificable" de ETA afirmando que Batasuna "estará en las autonómicas y podrá hacer política en las instituciones". Además, Eguiguren reconocía en la entrevista que había comido varias veces con el exjefe de la banda terrorista ETA Josu Ternera, en busca y captura por la Justicia española.

Las razones por la que se desestima la querella son, en primer lugar, porque el juez estima que los hechos denunciados no son constitutivos de un delito de colaboración con banda armada ni de humillación a las víctimas, al no existir "indicios suficientes" de actividad criminal.

"En el presente caso (...) en ningún momento se advierte en los alegatos del querellado, ni siquiera de forma tangencial, involuntaria o inconsciente, una motivación o ánimo de enaltecimiento o justificación de delitos de terrorismo (...) así como tampoco actos concretos de humillación, menosprecio o descrédito hacia las víctimas de tales delitos, sino por el contrario un ánimo de ver colmadas sus legítimas esperanzas relativas al fin del terrorismo de ETA, que el señor Eguiguren estima cercano en el tiempo ("las Navidades")", reza el auto.

Además, el juez subraya que el presidente del PSE tampoco cometió un delito de colaboración con banda armada ya que la jurisprudencia del Tribunal Supremo señala que "la esencia de este delito consiste en poner a disposición de la banda, conociendo sus métodos, determinadas informaciones, medios económicos o de transporte o infraestructura o servicios de cualquier tipo que la organización obtendría más difícilmente sin ayuda externa, prestada precisamente por quieres, sin pertenecer a ella, le aportan su voluntaria colaboración".

A este respecto, el auto destaca que "no se adivina en absoluto" por parte de Jesús Eguiguren "acción alguna encaminada a favorecer las actividades propias de la organización terrorista ETA". Asimismo, el instructor Pablo Ruz recuerda que el Alto Tribunal ha dictaminado que el diálogo por parte de un Gobierno con los terroristas en búsqueda de la paz no puede ser "criminalizado".

En segundo término, el magistrado sostiene que al ser Eguiguren parlamentario en el País Vasco goza de la condición de aforado en dicha comunidad autónoma, por lo que es el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco el tribunal competente para investigar los hechos. De esta forma, el juez hace suyos los argumentos de la Fiscalía que este lunes se opuso a la querella y archiva el caso.

Compras

Esta y otras noticias en la versión para móviles de LD: m.libertaddigital.com
La Tienda de Libertad Digital La tienda de Libertad Digital Novedades Para ella Para él Vida y Hogar Salud Aireador Vinbouquet Slanket Vino Montecastro Lápiz digital DUO

Lo más popular

Copyright Libertad Digital S.A.
C/ Juan Esplandiú, 13
28007 Madrid
Tel: 91 409 4766
Fax: 91 409 4899