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La Fiscalía pide al Supremo la absolución de "Soziedad Alkoholika"

El fiscal solicitó este jueves a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que confirme la absolución de los cinco miembros del grupo musical "Soziedad Alkoholika" y su manager del delito de enaltecimiento del terrorismo del que habían sido acusados por el contenido de algunas de las letras de sus canciones.

L D (Europa Press) La Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) recurrió en casación la absolución del grupo al considerar que se había producido una infracción del artículo 578 del Código Penal en el que se tipifican las conductas que deben ser penadas por enaltecimiento y menosprecio a las víctimas.
 
Fundamenta esta violación de la ley en la letra de la canción titulada "Síndrome del Norte", al considerar que en ella "se humilla a las víctimas". Para el abogado de la AVT Juan Carlos Rodríguez Segura, la canción, que se refiere a las secuelas de estrés que sufren algunos miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que desempeñan su labor en el País Vasco, "es todo un ataque frontal".
 
El fiscal defendió en su intervención ante el tribunal compuesto por el presidente de la Sala Segunda Juan Saavedra, junto a los magistrados Carlos Granados, Juan Ramón Berdugo, José Antonio Martín Pallín y Luciano Varela, que a pesar de que la letra es "de pésimo gusto literario y ético", no se refiere a una víctima del terrorismo sino a un policía. Así solicitó la confirmación de la absolución y recalcó que a pesar de que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado puedan constituir "objetivo" de acciones terroristas "ninguna persona referida en la canción tiene consideración de víctima".
 
En la canción del grupo, de 1993, y que no ha sido tocada en público desde 1994, según el abogado defensor de los miembros de "Soziedad Alkoholika", José Luis Galán, la banda parece hablar con el funcionario policial al que advierte que "la paranoia" en su cabeza "es tal que crees que todos te quieren matar". "¡Tú tío ten cuidado!, no hagas gestos raros, mira que saco el fusco y te vuelo el cráneo", añade.
 
"Canción para fiestas"
 
Galán aseguró ante el tribunal que los miembros del grupo contra los que se dirige la acusación no son los mismos que lo componían en 1993 e indicó que "no se trata de un aserto político sino que es una canción destinada a ser interpretada en fiestas".
 
El abogado dijo que a principios de la década de los 90 "un nutrido sector de la población vasca" era contraria a la presencia de las fuerzas de seguridad estatales en el País Vasco a las que consideraban "herederas del franquismo" y contra las que llevaban a cabo "un rechazo pacífico". Además, el GAL estaba "muy reciente" y habían existido incidentes protagonizados principalmente por guardia civiles que "disparaban al aire en estado de ebriedad o por otras causas".
 
El letrado recordó también que el conocido como "síndrome del norte" ha sido utilizados por algunos para solicitar bajas laborales beneficiosas o traslados sin motivo justificado. Dijo que las opiniones contrarias a las Fuerzas de Seguridad "no pueden considerarse en democracia un delito" Galán acusó a la AVT de "ver enemigos y querellantes por todas partes" y aseguró que si la letra se considera delito habría que preguntarse por qué no lo son consignas como "contra la violación castración" de los colectivos feministas o "no nos mires, tiraté", gritado a los policías de los helicópteros en manifestaciones.
 
Señaló, además, que los miembros del grupo han criticado en múltiples ocasiones la actividad de ETA y se han manifestado "en contra de la banda y en contra de la violencia". "La hipócrita obsesión por lo políticamente correcto no nos puede llevar a violar la libertad de expresión", dijo y recordó que ya han desaparecido "las dictaduras que mataban a poetas".

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