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CASO GÜRTEL

Nueve valencianos y un magistrado se encargarían de juzgar a Camps

Nueve ciudadanos valencianos y un magistrado del TSJCV se encargarían de juzgar al presidente de la Generalitat, Francisco Camps, por su relación con el 'caso Gürtel' en el que supuesto de que finalmente llegara a sentarse en el banquillo de los acusados por un presunto delito de cohecho.

EUROPA PRESS

Así lo establece la Ley del Jurado, que en su artículo 8 recoge entre los cinco requisitos que deben reunir los integrantes de este tipo de tribunales el de "ser vecino, al tiempo de la designación, de cualquiera de los municipios de la provincia en que el delito se hubiere cometido".

Los miembros del jurado serían vecinos de la provincia de Valencia ya que Camps está imputado por haber recibido trajes por valor de 12.783 euros de la empresa Orange Market, filial en la Comunidad de la presunta trama de corrupción y tráfico de influencias liderada por el empresario Francisco Correa.

El juez instructor José Flors dictó hoy un auto en el que transforma las diligencias previas sobre este asunto en procedimiento abreviado y ordena continuar la causa por los trámites previstos para el tribunal del jurado. Además de Camps, están imputados el secretario general del PPCV y portavoz 'popular' en las Cortes Valencianas, Ricardo Costa; el ex consejero Víctor Campos y Rafael Betoret, ex jefe de Gabinete de la Consejería de Turismo y actual responsable de Protocolo de la Diputación de Valencia.

Los nueve ciudadanos que se integrarían en este jurado también deberán ser españoles, encontrarse en el pleno ejercicio de sus derechos políticos, saber leer y escribir y no estar impedidos física, psíquica o sensorialmente para el desempeño de la función de jurado.

La trama valenciana del 'caso Gürtel' sería juzgada por un jurado porque el delito cometido por funcionario público en el ejercicio de su cargo y, en concreto, el de cohecho se encuadran en la relación de tipos penales que competen a estos tribunales.

Al afectar a acusados que poseen aforamiento, además de los nueve ciudadanos integraría el tribunal un magistrado de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV, que ejercería como presidente. Al juicio asistirían también otros dos ciudadanos que asumirían la función de jurados suplentes.

La misión de los miembros del jurado será la de emitir un veredicto en el que deberán declarar como probados o no probados los hechos que son objeto de enjuiciamiento y proclamar la culpabilidad o inculpabilidad de los acusados. Deberán actuar, según proclama el ordenamiento jurídico, "con arreglo a los principios de independencia, responsabilidad y sumisión a la ley".

Por su parte, la Ley del Jurado establece que el presidente-magistrado dictará una sentencia en la que recogerá el veredicto del jurado y resolverá, en su caso, sobre la pena y medida de seguridad que corresponda.

De la responsabilidad de formar parte del jurado están excluidos, entre otros, los cargos públicos; los acusados, acusadores o actores civiles en la misma causa; los próximos a miembros del tribunal, de la Fiscalía y del secretario judicial o las personas que tengan interés directo o indirecto en el proceso.

La designación de los integrantes del tribunal se produciría mediante un sorteo a partir de un listado con vigencia para dos años que la Delegación Provincial de Valencia de la Oficina del Censo Electoral realizaría en los últimos quince días del mes de septiembre del año par anterior a la celebración del juicio.

Antes de que se celebrara la vista el instructor de la causa debería dictar el auto de apertura de juicio oral, que pondría fin a la instrucción. De esta forma, elevaría la causa a la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJCV, que se encargaría de dictar con posterioridad un auto en el que se señalaría la fecha del juicio.

Además, para que Camps y el resto de imputados se sienten en el banquillo de los acusados deberá agotarse todo el trámite de recursos a las resoluciones judiciales dictadas en la causa, incluida la de transformación en procedimiento abreviado resuelta hoy, que el presidente de la Generalitat recurrirá en apelación ante la citada Sala de lo Civil y lo Penal del TSJCV.

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