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Luis Cobos reconoce que el dinero del canon invertido en bolsa compensa los gastos de su entidad

Tal y como publicó Libertad Digital, la entidad de gestión de Artistas Intérpretes y Ejecutantes (AIE), presidida por Luis Cobos, disponía de 41,5 millones de euros invertidos en deuda pública y fondos de inversión, gracias a la recaudación de derechos de autor (incluido el canon digital). En una nota enviada a este diario, AIE ve "lógico" que los rendimientos de tales inversiones sirvan para "compensar parte de los gastos de administración de la Entidad".

Carta remitida a LD por AIE
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Tal y como publicó Libertad Digital, la entidad de gestión de Artistas Intérpretes y Ejecutantes (AIE), presidida por Luis Cobos, disponía de 41,5 millones de euros invertidos en deuda pública y fondos de inversión, gracias a la recaudación de derechos de autor (incluido el canon digital). En una nota enviada a este diario, AIE ve "lógico" que los rendimientos de tales inversiones sirvan para "compensar parte de los gastos de administración de la Entidad".

LD (M. Llamas) A 31 de diciembre de 2004, AIE disponía de 41,5 millones de euros (casi 7.000 millones de las antiguas pesetas) en "inversiones financieras temporales". En concreto, a cierre de 2004 contaba con 16,8 millones en deuda pública y depósitos, 24,5 en fondos de inversión, y otros 64.300 euros en "intereses a cobrar no vencidos", tal y como publicó Libertad Digital el pasado 26 de marzo.

Una cantidad muy similar al dinero recaudado por AIE de ciudadanos y empresas pero que, sin embargo, consta en sus cuentas como "pendientes de reparto" o "pendientes de pago" a los artistas, intérpretes o ejecutantes, cuyos derechos de autor han prescrito o están pendientes de prescripción por distintos motivos, como la imposibilidad de identificar a los titulares de las obras o la inexistencia de reclamación de cobro.

En una nota enviada a este diario, el director general de AIE, José Luis Sevillano, reconoce que dicha diferencia entre el dinero recaudado y repartido se mantiene "lógicamente invertido (en fondos de in versión, deuda pública...)", ya que los rendimientos que genera son "ingresos que sirven para compensar parte de los gastos de administración de la Entidad". Pese a ello, señala que "el dinero recaudado pertenece a los artistas", no a AIE.

La entidad de gestión de derechos de autor que preside Luis Cobos reconoce la existencia de un desfase medio próximo al 25 por ciento entre el dinero recaudado y el repartido (aunque tal volumen varía en función de cada asociación). Unas entidades que, según la propia ley, son "sin ánimo de lucro".

Sin embargo, explica que "necesariamente" ha de producirse dicho desfase dado que hay que detraer, "obviamente", una parte de esos ingresos para atender los gastos de administración y funcionamiento de las propias entidades. Además, otra parte del citado desajuste se destina a "obra social", según establece la propia Ley.

Ante esto, tan sólo comentar que dicho desajuste entre recaudación y reparto se mantiene en el tiempo, año tras año, tal y como ha demostrado LD. Un dinero que, en definitiva, pasa a estar gestionado por las propias entidades.

En cuanto a que parte de ese dinero se destina a "obra social", los estatutos de AIE correspondientes a 2003 crean una figura específica para este fin. Así, esta entidad cuenta con un Fondo Asistencial y Cultural para promover actividades de obra social. En 2004, dicho fondo apenas contaba con 2,5 millones de euros, frente a los 41,5 millones invertidos en fondos y deuda pública.

¿Transparencia económica?

De este modo, la mayor parte del dinero gestionado directamente por AIE, e invertido en bolsa, procede de la "recaudación pendiente de reparto y de pago" entre los titulares de los derechos de autor. En este sentido, la ley no establece un plazo de prescripción concreto para que los autores puedan reclamar a las entidades el cobro de sus derechos de propiedad intelectual. Sin embargo, tanto AIE como otras entidades, fijan el plazo de prescripción previsto en el Código Civil (15 años), u otros, como referencia temporal para atender o no tales reclamaciones, en caso de que éstas se produzcan.

En el primer punto de la nota, AIE asegura que los datos publicados por LD no proceden de sus "cuentas internas", ya que están depositadas en un registro público. Sin embargo, tales cifras corresponden al balance de la propia entidad. Es decir, resulta evidente que son datos referidos a las cuentas propias o internas del grupo, independientemente del lugar en el que estén depositadas.

Sevillano también se queja del calificativo de "opacidad económica", incluido en el artículo de LD. Dicho término hacía referencia a las entidades de gestión en general y no a AIE, en particular. Dicha opacidad se justifica por el hecho de que las entidades de gestión "no tienen obligación legal de depositar sus cuentas en el registro mercantil", tal y como reconoce AIE. Además, las comunidades autónomas no ejercen su potestad para poder auditar públicamente a estas asociaciones, pese a tener reconocido tal derecho desde hace años.

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