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Noticia publicada el 28-02-2008
LD (EFE) Durante la vista que este jueves ha celebrado el Tribunal de Justicia de la UE sobre la cuestión planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco respecto a la autonomía fiscal del País Vasco, los letrados que representan al ejecutivo de la UE insistieron en su rechazo a esa autonomía.
El Tribunal del País Vasco busca una aclaración de los jueces europeos en el marco del proceso que tramita sobre varias denuncias planteadas por las comunidades autónomas de La Rioja y Castilla y León por el tipo más bajo del Impuesto sobre Sociedades vigente en Euskadi y las deducciones adicionales de las que se pueden beneficiar las empresas allí instaladas.
Los abogados comunitarios subrayaron que el cupo vasco -la contribución que deben hacer las haciendas vascas a las arcas estatales para compensar por el gasto del Estado en servicios comunes no asumidos por la Administración vasca- es un "instrumento de solidaridad" y adujeron, además, que está "infravalorado".
Recalcaron que el País Vasco aporta "mucho menos de lo que debería si el cupo estuviera bien calculado". Hicieron hincapié en que el Estado cubre financieramente incluso algunas competencias que ya han sido asumidas por la comunidad autónoma, como las derivadas de la Ley de Dependencia. "Si tuvieran que pagar un Cupo mayor quizás no podrían afrontar bajadas de impuestos", apuntaron.
El Tribunal del País Vasco busca una aclaración de los jueces europeos en el marco del proceso que tramita sobre varias denuncias planteadas por las comunidades autónomas de La Rioja y Castilla y León por el tipo más bajo del Impuesto sobre Sociedades vigente en Euskadi y las deducciones adicionales de las que se pueden beneficiar las empresas allí instaladas.
Los abogados comunitarios subrayaron que el cupo vasco -la contribución que deben hacer las haciendas vascas a las arcas estatales para compensar por el gasto del Estado en servicios comunes no asumidos por la Administración vasca- es un "instrumento de solidaridad" y adujeron, además, que está "infravalorado".
Recalcaron que el País Vasco aporta "mucho menos de lo que debería si el cupo estuviera bien calculado". Hicieron hincapié en que el Estado cubre financieramente incluso algunas competencias que ya han sido asumidas por la comunidad autónoma, como las derivadas de la Ley de Dependencia. "Si tuvieran que pagar un Cupo mayor quizás no podrían afrontar bajadas de impuestos", apuntaron.
El Gobierno defiende la capacidad de las provincias vascas para adoptar medidas fiscales
El Tribunal con sede en Luxemburgo debe aclarar si éstas están capacitadas para adoptar medidas fiscales, en el marco de un litigio planteado por las comunidades autónomas de La Rioja y Castilla y León por la reducción del Impuesto sobre Sociedades en Álava, Vizcaya y Guipúzcoa. Según La Rioja y Castilla y León, a las que respalda la Comisión Europea, esa rebaja es, en la práctica, una ayuda pública incompatible con la legislación comunitaria.
Los jueces europeos determinaron el año pasado, en una sentencia sobre la fiscalidad de las islas Azores, que para establecer tipos impositivos más bajos, el sistema tributario de la región afectada debe estar recogido en la Constitución, el poder regional ha de tener autonomía para dictar los cambios sin autorización estatal y no puede recibir compensación financiera por la pérdida de ingresos.
La letrada explicó que el sistema tributario español es único y cuenta con cinco regímenes distintos -el general, los de los tres territorios históricos vascos y Navarra-. Los regímenes vascos se regulan, explicó, mediante el Concierto Económico y el Cupo, que es la aportación económica que Euskadi debe hacer a las arcas estatales para atender servicios de uso común a cargo del Estado y no asumidos por la Administración autonómica.
Según la representante legal de España, los territorios históricos regulan su propio régimen tributario, siempre dentro de los límites que marcan la Constitución y el Concierto Económico, sin intervención alguna del Gobierno central. Recalcó que el Ejecutivo no tiene capacidad para modificarlas y sólo puede recurrirlas ante los tribunales.
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