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INFORME DEL CGPJ ANTES DE LA HUELGA

Casi 270.000 sentencias penales están pendientes de ejecución

Un informe del CGPJ cifra en un total de 269.450 la sentencias de lo penal que están pendientes todavía de ser aplicadas en España, a finales de 2007, antes de la huelga de dos meses de los funcionarios de Justicia. Resulta especialmente preocupante este dato, sobre todo después del caso Mari Luz en el que el presunto asesino de la niña permanecía en libertad al no haberse mandado ejecutar una sentencia que tenía pendiente. Este miércoles a las 22:35, la Justicia en Debates en Libertad de LDTV.


Noticia publicada el 06-05-2008

L D (Europa Press) Se trata de un exhaustivo informe elaborado por el Servicio de Inspección del CGPJ y que será discutido el próximo jueves en la Comisión Permanente del máximo órgano de gobierno de los jueces. En él se ofrece que, de esas casi 270.000 sentencias que se encontraban en situación de pendencia a la conclusión del pasado año 2007, un 70,25 por ciento (189.280) se residencian en los Juzgados de lo Penal y el 29,74 por ciento restante (80.125) en los Juzgados Especializados.
  
"La carga de trabajo que soportan los Juzgados Penales de Ejecutorias indicados en este informe, durante el trienio 2005-2007 excede ampliamente el módulo previsto para este tipo de Órganos", denuncia el estudio, que además señala que se sobrepasa la media del registro en un 21 por ciento en Madrid, en un 52,24 por ciento en Barcelona, en un 99,62 por ciento en Valencia, en un 82,30 por ciento en Palma de Mallorca, en un 80 por ciento en Bilbao, y en un 4,10 por ciento en San Sebastián.
  
Así, por comunidades autónomas, la peor situación se registra en Cataluña, donde hay 56.000 sentencias pendientes de ejecutar, seguida de la Comunidad Valenciana, con 40.000 y la Comunidad de Madrid con 37.500.
  
En ese sentido, el CGPJ estima que "los anteriores datos, inducen a pensar la necesidad de implantar toda una batería de medidas tendentes a obtener la plena normalización de estos Órganos, a fin de adecuar su función jurisdiccional a los principios constitucionales de Tutela Judicial Efectiva y a un proceso público sin dilaciones indebidas".



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