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"Presentar un concurso se consideraba antes como un estigma, algo así como ser expulsado del Paraíso, pero la nueva Ley Concursal lo ha convertido en un instrumento muy útil para reflotar una empresa, siempre que la decisión no se tome demasiado tarde", asegura Alejo López-Mellado, socio de Cuatrecasas.
Según el diagnóstico de los profesionales del sector, las empresas que más están recurriendo a las declaraciones de concurso de acreedores son inmobiliarias y constructoras de tamaño medio, con pasivos de entre 15 y 100 millones de euros y con claros problemas de liquidez. "Por ahora se trata de empresas que se salen del perfil clásico porque tienen más activo que pasivo y han estado bien gestionadas, pero que no pueden hacer frente a sus deudas con los bancos porque el mercado no responde", señala el socio de CMS Albiñana y Suárez de Lezo, Juan Ignacio Fernández.
Ese "estrangulamiento financiero" es corroborado por el socio de Jausas, Agustín Bou, que considera que el poder de negociación con las entidades de las grandes inmobiliarias y constructoras, y más adelante de los proveedores de materiales, impedirá que tengan que optar por un concurso.
"Hay un problema psicológico, que es que el banco no quiere soltar un solo euro porque la empresa está al borde del concurso y, cuando ya está inmersa en él, menos aún, pero es entonces cuando hay que trasladarles la idea de que un concurso de acreedores no perjudica sus garantías de pago", sostiene Álvaro Lobato, socio de Lexland.
En el contexto actual de desaceleración del sector inmobiliario, los despachos no paran de destacar a sus clientes las ventajas de la presentación de un concurso voluntario, entre las que sobresale la paralización de los embargos y la ejecución de los ya existentes. También dejan de correr intereses de las deudas desde la presentación del concurso, además de eludirse la responsabilidad del administrador.
Pero estos expertos insisten en que el negocio es bueno para ambas partes, ya que el concurso de acreedores no tiene porqué desembocar en una liquidación, como venía ocurriendo con la anterior ley, cuando se calcula que sólo un 10% de las compañías eran reflotadas.
Un punto negativo que se cierne sobre los concursos de acreedores de inmobiliarias y constructoras es la nueva ley del Suelo, que podría acabar incidiendo en el volumen de deudas recuperadas por los acreedores, según la profesora de Derecho Urbanístico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), Marta Lora-Tamayo.
Esta experta explica que la nueva normativa, promovida en la anterior legislatura por el Ministerio de Vivienda y que da una definición más amplia al suelo rústico, podría suponer un cambio en el valor de tasación de los inmuebles, afectando así al valor de los activos de una empresa.
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