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El Gobierno espera que el Constitucional anule la ley de parejas de Navarra

La ley de parejas de Navarra, que permite adoptar hijos a parejas homosexuales, no fue recurrida por el Gobierno, sino por un grupo de diputados, por lo que sigue en vigor. No obstante, el secretario de Estado de Justicia, Rafael Catalá, confía en que el Constitucional anule la ley, mientras que la Conferencia Episcopal opina que no se han respetado los derechos del niño en la sentencia que ha permitido a una mujer adoptar a las hijas de su novia.

(Libertad Digital) Según la Constitución y la ley que regula el funcionamiento del Tribunal Constitucional, los diputados pueden recurrir una ley ante el TC, pero no tienen potestad para pedir su suspensión, ya que es el Gobierno central el único autorizado para pedir esta medida.
 
Fuentes del Ministerio de Justicia confirmaron a Libertad Digital que el Gobierno no ha recurrido esa norma, sino que fueron medio centenar de diputados del PP y UPN quienes interpusieron el recurso, por lo que la ley sigue en vigor.
 
Esperanza en que el TC anule la norma
 
No obstante, el secretario de Estado de Justicia, Rafael Catalá, ha expresado su confianza en que el TC anule esa norma, tanto por invasión de competencias, como porque crea un derecho de familia distinto al que están sujetos los ciudadanos del resto de España. Pese a ello, Catalá también mostró su "respeto" a la juez de Navarra que ha permitido que una mujer adopte a las hijas de su compañera, ya que ha cumplido con "su mandato constitucional" de aplicar las leyes vigentes en la comunidad de Navarra.
 
"En mi opinión, no existe un derecho de familia propio de una comunidad autónoma distinto al resto. El derecho de familia debe ser común en todo el territorio español. Por tanto, además de la cuestión de fondo, el Gobierno de Navarra ha invadido competencias estatales al legislar esta materia", manifestó. El secretario de Estado reconoció que la sociedad española "está cambiando" y está "dando cabida" a nuevos modelos de relaciones familiares, pero, aun así, insistió en que la adopción por parejas homosexuales es un asunto que debe abordarse "desde un punto sociológico y político en términos de reposo y estudio".
 
Reacciones políticas, religiosas y jurídicas
 
El responsable del programa electoral del PP, Gabriel Elorriaga, aseguró que su partido respeta la decisión del tribunal, pero subrayó que el objetivo de la adopción es el interés del menor y "se equivoca" quien lo entiende como "derecho del adoptante". Por su parte, el Defensor del Menor en la Comunidad de Madrid, Pedro Núñez Morgades (PP), ha declarado que el auto es "enormemente interesante" y agregó que "no podemos cerrarnos a nuevas opciones", para subrayar que, en todo caso, "nosotros seguimos manifestando que la adopción es un derecho de los hijos a tener una familia estable y no de los adultos a tener un hijo".
 
El secretario y portavoz de la Conferencia Episcopal Española, Juan Antonio Martínez Camino, ha dicho que en la sentencia "no se respeta el derecho del niño a tener padre y madre". Mientras, desde el PSOE, su secretario general, José Luis Rodríguez Zapatero, recordó su propuesta de que la adopción entre parejas homosexuales cuente con "un amplio consenso político y social". "En más de una ocasión me he pronunciado de manera favorable a la extensión de derechos civiles de carácter personal que afectan a las personas que tengan orientación homosexual", subrayó Zapatero.
 
El portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Enrique López, dijo que el auto es una "mera aplicación e interpretación" de una ley recurrida ante el TC. "Estas sentencias, una vez que se producen, tienen efectos generales para todos los casos y para todos los supuestos y en su momento veremos qué es lo que decide el Constitucional y cuáles serán las consecuencias". En declaraciones a Efe, el presidente del Consejo General de la Abogacía, Carlos Carnicer, argumentó que si la ley es declarada inconstitucional, "se anularía la norma y sus efectos".
 
De este modo, las gemelas adoptadas, según Carnicer, "no se podrían acoger a los términos que establece la ley para la maternidad matrimonial" y contarían sólo con la patria potestad de su madre biológica.

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