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Las asociaciones de jueces discrepan sobre la constitucionalidad del matrimonio entre homosexuales

El portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), José Manuel Suárez Robledano, afirmó hoy que la actual redacción del artículo 32 de la Constitución, que reconoce que "el hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica", no permite el matrimonio entre personas del mismo sexo. Jueces para la Democracia (JpD) y Franciso de Vitoria discrepan de lo sostenido por la asociación mayoritaria, al no encontrar problemas de consitucionalidad en el Anteproyecto que aprobará mañana el Consejo de Ministros.

L D (EFE) Suárez Robledano explicó a Europa Press que la Constitución Española, cuando habla de derechos, utiliza en todo momento los términos "los españoles" o "todos", con excepción del artículo 32, en el que establece específicamente el derecho de "el hombre y la mujer" a contraer matrimonio.
 
Por ello, el portavoz de la APM considera que la Constitución no permite el matrimonio entre homosexuales, aunque no existiría ningún problema para regularizar este tipo de uniones en lo referido a pensiones, herencias etc., "con excepción de la adopción", dijo.  "Se pueden regular dichas uniones, pero que no se le llame matrimonio", insistió Suárez Robledano, que agregó que no puede aplicarse este término si no existe una descendencia biológica de la pareja. Considera que, de prosperar, la reforma impulsada por el Gobierno puede ser impugnada ante el Tribunal Constitucional.
 
Por su parte, el portavoz de JpD, Edmundo Rodríguez Achutegui, manifestó a Europa Press que el matrimonio "no es lo que ha mantenido durante mucho tiempo la Iglesia y determinados sectores, como unión de dos personas para la procreación, sino lo que las leyes digan que es". "Si el Congreso de los Diputados dice que matrimonio pueden ser dos personas del mismo sexo, no se conculca en ningún momento la Constitución", agregó. Rodríguez
 
Achutegui agregó que cuando en el Registro Civil se deniega autorización para inscribir como matrimonio a una pareja de homoxexuales no se invoca la Constitución, sino los artículos del Código Civil que el Gobierno propone reformar, "y ahora, este obstáculo desaparece", dijo. Por ello, JpD considera que la nueva regulación "va a ser un reconocimiento social que asegura la igualdad jurídica", y contituye además un "avance democrático" para que las personas del mismo sexo tengan el mismo trato jurídico que las parejas heterosexuales.

En el mismo sentido se pronunció el portavoz de la asociación de jueces y magistrados Francisco de Vitoria, Manuel Torres-Vela, que señaló que, "en principio, la reforma es constitucional". "Que el artículo 32 hable de hombre y mujer no quiere decir que no se contemplen otras posibilidades, y además estaría amparado en el artículo 14, que establece el el principio de igualdad", indicó a Europa Press.

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