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Los plazos de la tramitación del Estatuto

Una vez aprobada la toma en consideración del Estatuto los grupos parlamentarios tienen dos semanas, desde su publicación en el Boletín de las Corte Generales para presentar enmiendas al texto. Este plazo concluiría el 22 de noviembre pero se espera que haya varias prorrogas, hasta el final del actual periodo de sesiones, en Navidad. En febrero se constituirá la Ponencia, en la Comisión Constitucional, formada por el mismo número diputados del Congreso y del Parlamento catalán, que discutirá las enmiendas, y en un plazo mínimo de dos meses elevará el texto al pleno del Congreso para su votación definitiva.

L D (Europa Press) El plazo de presentación de enmiendas al proyecto de Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que anoche superó su primer debate en el Pleno del Congreso, se irá prorrogando hasta finales del mes de diciembre y la constitución de la Ponencia integrada por diputados del Congreso y del Parlamento catalán se calcula para febrero, según el calendario que manejan distintas fuentes parlamentarias.
 
Tras la toma en consideración del Estatuto por el Pleno del Congreso, el siguiente paso será la apertura de un primer plazo de presentación de enmiendas tras la publicación en el Boletín de las Cortes Generales. Ese primer plazo, de quince días hábiles, previsiblemente llegará hasta el 22 de noviembre y se da por hecho que habrá dos o tres prórrogas, hasta al menos la tercera semana de diciembre. El paréntesis navideño y el hecho de que enero es un mes inhábil a efectos parlamentarios, salvo que la Mesa del Congreso dispusiera lo contrario, retrasará hasta febrero la constitución de la Ponencia donde se discutirán las enmiendas.
 
Con independencia de los plazos de enmiendas, las negociaciones entre los grupos políticos comenzarán en un par de semanas y el PSOE y las formaciones nacionalistas catalanas esperan lograr en Navidades un cierto acuerdo político sobre las enmiendas, pendiente de la redacción definitiva y las transacciones que puedan plantearse. Al ser Cataluña una comunidad de las consideradas “históricas”, que se rigen por artículo 151.2 de la Constitución, todo el proceso de discusión de enmiendas ha de hacerse conjuntamente entre diputados del Congreso y de la Asamblea proponente, en este caso el Parlamento catalán.
 
Así, la Comisión Constitucional del Congreso tendrá que dar participación a una delegación del Parlamento de igual número de diputados. Se da la circunstancia de que este órgano de la Cámara Baja cuenta con 39 diputados, mientras que su equivalente del Parlamento catalán dispone sólo de 21, por lo que habrá que decidir el número de la delegación de cada legislativo. Lo previsible, para evitar recortes en la representación de algunos grupos, es que se opte por una comisión “paritaria” de 39 integrantes por Cámara.
 
Ese órgano conjunto tendrá como misión constituir la Ponencia, que también estará compuesta por diputados de ambas instituciones en la misma proporción. Se baraja la cifra de 11 diputados por Cámara, que en el caso del Parlamento catalán ya tienen decidido que serán cuatro de CiU, tres del PSC, dos de ERC, uno del PP y otro de ICV. En esa Ponencia conjunta, que no empezaría a trabajar antes de febrero, se discutirán las enmiendas presentadas por los distintos grupos hasta cerrar un dictamen, en el plazo de dos meses, que habrá de ser votado por cada una de las dos delegaciones.
 
En caso de que no haya acuerdo entre ambas delegaciones parlamentarias, el presidente de la Comisión Constitucional, el socialista Alfonso Guerra, tiene la potestad de elevar unilateralmente la propuesta del Congreso al Pleno de la Cámara Baja. Pero los representantes del Parlamento catalán, según Europa Press, han recibido garantías de Alfonso Guerra de que, si no hay acuerdo entre las Cámaras, promoverá la prórroga de los plazos para no “romper la baraja”.
 
Cabe reseñar que la asamblea catalana tiene potestad para retirar su propuesta de reforma estatutaria en cualquier momento del proceso si considera que se han alterado sus principios. El Parlamento puede decidir esa retirada por mayoría simple en votación plenaria, aunque las formaciones promotoras del Estatuto hablaron en su momento de no dar ese paso sin mayoría absoluta, es decir el frente común “cuatripartito” (PSC, CiU, ERC e ICV).
 

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