Menú

Pedraz archiva la querella de la AVT contra el hermano de López Aguilar porque hacía "uso de su libertad y de sus derechos fundamentales"

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha decidido archivar las actuaciones abiertas contra Carlos López Aguilar, hermano del ministro de Justicia, a raíz de una querella de la AVT. El hermano del ministro, que firmaba con el nombre de Sorrocloco, dijo en un foro de internet, entre otras cosas, que a Francisco José Alcaraz "le tocó la lotería" cuando ETA asesinó a su hermano y sus sobrinas. El magistrado considera que hacía "uso de su libertad y sus derechos fundamentales" y que no constituye una exaltación de ETA, "si acaso", una falta de "injurias". La AVT recurrirá la decisión del juez.

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha decidido archivar las actuaciones abiertas contra Carlos López Aguilar, hermano del ministro de Justicia, a raíz de una querella de la AVT. El hermano del ministro, que firmaba con el nombre de Sorrocloco, dijo en un foro de internet, entre otras cosas, que a Francisco José Alcaraz "le tocó la lotería" cuando ETA asesinó a su hermano y sus sobrinas. El magistrado considera que hacía "uso de su libertad y sus derechos fundamentales" y que no constituye una exaltación de ETA, "si acaso", una falta de "injurias". La AVT recurrirá la decisión del juez.

L D (EFE) En un auto notificado este miércoles, el magistrado, a quien la sala de lo penal de la Audiencia Nacional ordenó el pasado mes de octubre citar a Carlos López Aguilar como imputado después de que Pedraz decidiera no admitir a trámite la querella, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 considera que los hechos no son constitutivos de infracción penal, por lo que procede el archivo de la causa.

La AVT acusó al hermano del ministro de Justicia de un delito de enaltecimiento del terrorismo en su vertiente de menosprecio a las víctimas en relación con los dibujos y los comentarios vertidos en un foro de internet, en el que llamó "infame tarado" al presidente de esta asociación, Francisco José Alcaraz, del que dijo también que "le tocó la lotería el día que mataron a su hermano y a sus dos sobrinas". Sorrocloco acompañaba sus comentarios de una caricatura del presidente de la AVT, a la que López Aguilar hacía referencia como "Asociación de Venganza Talibán".

Privilegios del hermano del ministro

Finalmente el hermano humorista del ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, no declaró como imputado en la Audiencia Nacional sino que el juez Pedraz aplazó su comparecencia hasta este 1 de diciembre, y remitió un exhorto al Juzgado número 4 de Las Palmas de Gran Canaria para comunicar su decisión y para que el titular de ese juzgado tomara declaración a López Aguilar.

La AVT consideró  "privilegio inadmisible" que el hermano del ministro de Justiciaprestara declaración, por exhorto, en el Juzgado de Instrucción número 4 de Las Palmas por un presunto delito de enaltecimiento del terrorismo y menosprecio a las víctimas. "Es un privilegio y además todos sabemos por qué es un privilegio, puesto que se está amparando en que es el hermano del ministro para hacer algo que no se ha hecho nunca en la Audiencia Nacional".

Sorrocloco: "Ese tipo de comentarios son habituales en foros de izquierdas"

En su declaración como imputado, Sorrocloco expresó su "máximo respeto y apoyo" a las víctimas del terrorismo y aseguró que en ningún caso quiso ofender a la AVT o a su presidente. Pero no sólo eso. En su declaración ante el juez, el humorista ha justificado sus insultos al presidente de la AVT, porque "ese tipo de comentarios son habituales en foros de izquierdas".

La Audiencia Nacional no es competente en estos casos, según el juez 

En la resolución notificada este miércoles, Pedraz asegura que "tanto del relato fáctico contenido en la querella como de la declaración del querellado, no hay nada que pueda llevar a considerar que la Audiencia Nacional sea competente para conocer de estos hechos". El juez añade que las expresiones verbales o escritas de una persona contra una víctima del terrorismo sólo se puede encauzar en el artículo 578 del Código Penal, que tipifica como delito el menosprecio a las víctimas, "cuando dicha expresión se realice por personas encuadradas orgánicamente o que colaboren o que sin pertenecer con dichos grupos terroristas compartan sus fines".

"Pero no en los supuestos en que personas particulares, en uso de su libertad y de sus derechos fundamentales, expresen, escriban o digan algo que se pueda entender como injurioso o calumnioso", concluye Pedraz. El magistrado afirma que para perseguir este tipo de delitos "existen otros cauces procesales perfectamente predeterminados en nuestra legislación procesal, pero de ninguna manera se puede utilizar la vía de la jurisdicción especializada de la Audiencia Nacional".

Temas

En España

    0
    comentarios