Menú

El magistrado que cobró de la Generalidad por un informe a favor del Estatuto no podrá decidir sobre el recurso

Parecía lógico y sin embargo el resultado de la votación del Constitucional ha sido ajustado: 6 votos contra 5. El magistrado Pablo Pérez Tremps que tenía que votar sobre la constitucionalidad del Estatuto de Cataluña había redactado un informe jurídico al respecto encargado por la Generalidad y por el que cobró 6.000 euros. Ahora el Tribunal Constitucional ha admitido su recusación. El PP también recusó sin éxito a María Emilia Casas, presidenta del Tribunal, porque su marido participó en el mismo informe. El voto de Casas fue uno de los cinco contrarios a la recusación de Pérez Tremps. El PP y Ciudadanos coinciden en valorar positivamente esta decisión, mientras desde el PSOE, López Garrido ha dicho que es "insólito" y una "gran sorpresa".

Parecía lógico y sin embargo el resultado de la votación del Constitucional ha sido ajustado: 6 votos contra 5. El magistrado Pablo Pérez Tremps que tenía que votar sobre la constitucionalidad del Estatuto de Cataluña había redactado un informe jurídico al respecto encargado por la Generalidad y por el que cobró 6.000 euros. Ahora el Tribunal Constitucional ha admitido su recusación. El PP también recusó sin éxito a María Emilia Casas, presidenta del Tribunal, porque su marido participó en el mismo informe. El voto de Casas fue uno de los cinco contrarios a la recusación de Pérez Tremps. El PP y Ciudadanos coinciden en valorar positivamente esta decisión, mientras desde el PSOE, López Garrido ha dicho que es "insólito" y una "gran sorpresa".
L D (Agencias) La decisión ha sido adoptada por seis votos frente a cinco por lo que el auto en el que se estima la recusación contra Pérez Tremps estará acompañado por cinco votos particulares. Los magistrados que se oponían a aceptar la recusación son la presidenta del TC, María Emilia Casas, y los magistrados Pascual Sala, Eugenio Gay, Elisa Pérez Vera y Manuel Aragón. A favor de estimar la recusación votaron el vicepresidente del alto tribunal, Guillermo Jiménez Sánchez, y los magistrados Vicente Conde, Javier Delgado, Jorge Rodríguez-Zapata, Ramón Rodríguez Arribas y Roberto García Calvo.
 
El Pleno del Constitucional entiende, según informó el alto tribunal, que concurre la causa 13 prevista en el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que "haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo".
 
El PP recusó por segunda vez a Pérez Tremps (la primera fue rechazada hace ahora un año por el alto tribunal) al entender que se había contaminado por haber "emitido un dictamen sobre el objeto del pleito", por el que fue retribuido con 6.000 euros. El pasado 7 de noviembre, el Pleno acordó admitir a trámite la recusación presentada por el PP contra Pérez Tremps.
 
En concreto, según la recusación, se le pidió valorar "el margen ofrecido por el Tribunal Constitucional que permita al Estatuto incluir ciertos mecanismos concretos de actuación exterior". Como prueba el partido aportó el contrato suscrito por el catedrático y firmado por el actual consejero catalán de Interior, Joan Saura.  Dichos argumentos fueron rebatidos por todas las partes: la Fiscalía, la Abogacía del Estado, el Parlamento de Cataluña y la Generalidad. En concreto, el Parlamento explicó que el encargo a Pérez Tremps se produjo el 26 de noviembre de 2003 por el entonces director del Instituto de Estudios Autonómicos de la Generalidad de Cataluña.
 
Se le pidió "la elaboración de un estudio para evaluar los aspectos relacionados con la acción exterior y la participación europea" por ser catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid. En este sentido, agrega que "el encargo no responde a ninguna petición del Parlamento de Cataluña", ya que la redacción del texto de la propuesta de reforma del Estatuto fue de enero de 2004.
 
Tras reproducir estas alegaciones, la teniente fiscal del Tribunal Constitucional, María Angeles Sánchez Conde, también propuso que se desestimara la segunda recusación recordando el auto del alto tribunal que rechazó el primer incidente de estas características presentado contra el mismo magistrado, en aquella ocasión para que no participara en el recurso presentado por el PP contra la tramitación de la reforma del Estatuto en las Cortes Generales.
 
El informe fiscal señalaba que "los recurrentes parten de unos datos que no sólo no han sido justificados, sino que, por el contrario, ya han sido rechazados por este alto tribunal, sin que el distinto objeto del recurso tenga otra virtualidad que la de subrayar y reafirmar la inexistencia de las causas de recusación aducidas" que ya fueron rechazadas por el 24 de enero del año pasado.
 
Una decisión "acertada" que "garantiza la neutralidad" del TC
 
En declaraciones a la agencia Efe, Federico Trillo, portavoz del PP en la Comisión Constitucional del Congreso, ha hecho "una valoración positiva" de la recusación de Pérez Tremps, ya que "garantiza la neutralidad, la objetividad y la imparcialidad" del propio Tribunal. Trillo señaló que "nosotros no hemos hecho más que defender la ley y no hemos querido hacer una recusación contra nadie".

Queremos "sencillamente garantizar" lo que exige la ley en el sentido de que "si había un magistrado que había participado en su ejercicio profesional en el asunto que ahora se tiene que enjuiciar, fuera apartado, y eso es lo que ha decidido el Tribunal".
 
También ha celebrado esta decisión el portavoz adjunto de Ciutadans (C's) en el Parlamento catalán, José Domingo, que consideró "afortunado" el acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional. Domingo declaró a Europa Press que "lo mejor hubiera sido que Pérez Tremps se hubiera abstenido", en vez de llegarse a la "tensión" habida ahora en el TC. Además, según él, si no se le hubiera apartado, "su trabajo hubiera sido cuestionado". El diputado de C's insistió en que quedaba "inhabilitado" para la resolución del recurso "quien ha participado directamente en dictámenes que fueron soporte directo del Estatuto, y además cobrando por eso".
 
En sentido totalmente opuesto se ha manifestado el portavoz del PSOE en el Congreso de los Diputados, Diego López Garrido, que ha dicho que
esta resolución es una sorpresa que "desde luego, no me la esperaba". En declaraciones a Efe señaló que "es la primera vez que sucede en la historia del Tribunal Constitucional", lo que influye en la decisión final del propio Tribunal.

López Garrido opinó que es la primera vez que es causa de recusación "el que una persona que ha hecho un trabajo previo a que el tema se plantease en el propio Tribunal Constitucional, en este caso previo a que se plantease un recurso de inconstitucionalidad del estatuto catalán", le impida intervenir en el debate de ese recurso. "Se trata de un profesor universitario que ha hecho un trabajo académico, doctrinal, que es su profesión, que es precisamente por lo que él es magistrado del Tribunal Constitucional y por lo que es profesor de Derecho Constitucional", dijo el portavoz del PSOE.

Es por esto por lo que "me parece insólito y me ha causado una gran sorpresa el que se haya producido esa recusación", añadió. En todo caso López Garrido añadió que esperaría a conocer el fundamento jurídico del fallo para hacer una valoración más en profundidad.

Temas

En España

    0
    comentarios