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Noticia publicada el 09-07-2007
L D (EFE) Las federaciones recurridas son las de ciclismo, kárate, deporte adaptado, balonmano, juegos y deportes vascos, atletismo, natación, lucha y sambo, halterofilia, gimnasia, surf, hípica, triatlón, automovilismo, rugby, judo y deportes asociados, ajedrez, actividades subacuáticas y tiro olímpico.
La Ley del Deporte de Euskadi, en la que se fundamentan todos los Estatutos ahora recurridos, fue impugnada por el Gobierno ante el Tribunal Constitucional debido a que, básicamente, pretendía otorgar al deporte vasco una representación de carácter estatal e internacional que, en opinión del Gobierno, vulneraba el artículo 149-1-3 de la Constitución, que confiere al Estado la competencia exclusiva en materia de relaciones internacionales.
De hecho, el Tribunal Constitucional, ante el que fue recurrida la Ley vasca, acordó en su momento la suspensión del artículo relativo a la representación de las federaciones vascas –el 16.6–, más allá de su ámbito territorial. Ahora, los artículos 5 y 6-a de cada estatuto recogen disposiciones similares a la de dicha ley, por lo que, según el delegado del Gobierno, se oponen a la normativa estatal en materia de deporte, por lo que se ha solicitado expresamente su suspensión.
Por otra parte, Luesma consideró que a la hora de determinar la composición de la Asamblea General y de la Junta Directiva (artículos 17 y 27) los estatutos de las Federaciones ahora recurridos no respetan el plan de igualdad de la ley vasca 4/2005 y el Decreto de Federaciones Deportivas, que obliga a las mismas a adoptar planes de ejecución de la igualdad en la esfera deportiva y en el de la gestión, lo cual puede determinar la nulidad de dichas disposiciones.
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