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PESE A QUE SIGUE SIN PUBLICARSE LA SENTENCIA

El Supremo rechaza la petición del PP de declarar nula la absolución de los policías del caso Bono

El Tribunal Supremo (TS) rechazó este miércoles la petición del PP de declarar la nulidad del fallo que absolvió a tres policías a los que anteriormente la Audiencia de Madrid condenó a penas de prisión por la detención ilegal de dos militantes de este partido tras una manifestación en la que Jose Bono denunció una falsa agresión.

Noticia publicada el 11-07-2007

L D (EFE) El PP pidió que se anulara el fallo del TS porque, a su juicio, incumplía la legislación al haberse emitido sin que la sentencia estuviera todavía escrita, petición a la que se opusieron la Fiscalía y el Abogado del Estado. En la resolución, el TS señala que no ha lugar a declarar la nulidad del fallo "por cuanto el hecho referido sólo tiene alcance informativo, como práctica usual en el Tribunal Supremo, y no constituye acto de comunicación procesal", como sí lo sería la notificación de la sentencia.

En el escrito presentado por el Partido Popular se recuerda que, la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) contemplan que el fallo de la sentencia es consecuente y posterior a los antecedentes, fundamentos y consideraciones de la misma, y que deben ser publicadas y notificadas a las partes después de haber sido redactadas y firmadas.

El Supremo, no obstante, explica que la práctica habitual del Tribunal es la comunicar del fallo con una intención meramente informativa, ya que esa información no se considera un acto comunicación procesal como "lo es la notificación de la sentencia conforme a la LECrim".

El fallo de la Sala Segunda del Supremo, publicado el pasado 29 de junio, anulaba la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que condenaba a tres policías a penas de entre 3 y 5 años de cárcel por la detención ilegal de dos militantes del PP a causa de una falsa agresión al entonces ministro Bono tras una manifestación de la AVT.

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