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El Tribunal italiano que juzgó a "El Egipcio" contó con las traducciones erróneas para condenarle

El Tribunal de Apelación de Milán ha hecho pública la sentencia en la que se rebaja de diez a ocho años de prisión la pena impuesta a Rabei Osman, por no considerarle jefe de ninguna organización terrorista. El Tribunal italiano, aunque reconoce que "no puede, o mejor dicho no debe" decidir si El Egipcio "fue o no el autor" del 11-M, señala que las conversaciones intervenidas en Italia suponen "un grave indicio en la organización" del atentado. Si bien los magistrados sólo han tenido acceso a las traducciones de los intérpretes italianos, que finalmente resultaron erróneas al ser revisadas por sus colegas españoles.

El Tribunal de Apelación de Milán ha hecho pública la sentencia en la que se rebaja de diez a ocho años de prisión la pena impuesta a Rabei Osman, por no considerarle jefe de ninguna organización terrorista. El Tribunal italiano, aunque reconoce que "no puede, o mejor dicho no debe" decidir si El Egipcio "fue o no el autor" del 11-M, señala que las conversaciones intervenidas en Italia suponen "un grave indicio en la organización" del atentado. Si bien los magistrados sólo han tenido acceso a las traducciones de los intérpretes italianos, que finalmente resultaron erróneas al ser revisadas por sus colegas españoles.
(Libertad Digital) La sentencia del Tribunal de Apelación de Milán, aunque había sido redactada antes de hacerse público el fallo dictado por Guevara, García Nicolás y Gómez Bermúdez, ha sido conocida este lunes.
 
La sentencia del 29 de octubre del tribunal milanés reduce de diez a ocho años la condena por terrorismo, al considerar que "El Egipcio" no era un jefe de la organización terrorista, sino un miembro más.
 
En la sentencia, de 85 páginas, los jueces aclaran, a propósito de la matanza de Madrid, que el Tribunal "no puede, o mejor dicho no debe, no siendo el juez natural de aquel hecho ni teniendo a disposición todas las actas de las investigaciones, preocuparse de establecer si Rabei fue o no el autor, coautor, organizador o mero correo moral de este terrible acto terrorista".
 
"Pero puede, o mejor dicho, debe establecer que se trata de un terrorista", añade la sentencia, difundida después de que fuera absuelto por el tribunal español que juzgó la masacre del 11-M. En el texto, difundido por los medios locales y confirmado a Efe por el abogado defensor de El Egipcio, Luca D'Auria, los jueces de la Tercera Sala de lo Penal del Tribunal de Apelación de Milán añaden que "Osma Rabei reivindica, sin pararse en dudas éticas y sin perder ni siquiera un momento en compadecerse por las numerosas víctimas inocentes, su relevante responsabilidad en ese trágico evento (los atentados del 11 de marzo de Madrid)".
 
Según el Tribunal, lo anterior "justifica la conclusión de que aquella reivindicación, si bien no ha sido tomada como prueba cierta de su participación en la matanza, es considerada un indicio, mejor dicho un grave indicio, de su implicación en la organización que originó aquel hecho delictivo".
 
En las consideraciones anteriores, los jueces se refieren a la transcripción de la escucha telefónica interceptada por la Policía italiana en la que "El Egipcio" afirmaba que el mayor atentado en la historia de España había sido idea suya. Sin embargo, esas traducciones resultaron ser erróneas, tal y como confirmaron cuatro traductores españoles (dos de la Audiencia Nacional y otros dos de la Policía). La declaración en el juicio de estos intérpretes, resultó crucial para absolver al "Egipcio" de los cargos que le imputaba la Fiscalía: ser el inductor del 11-M.
 
Y es que a pesar de dar por buenas las traducciones italianas, habría otros motivos por los que los magistrados no consideran que "El Egipcio" sea jefe de ninguna organización terrorista: "Es evidente la absoluta desproporción (...) entre los contactos que mantuvo Rabei en 2003 y 2004 en España y Bélgica y lo que habría sido necesario afirmar para asegurar que tenía un papel de coordinador de células terroristas".
 
En lo que se refiere a la sentencia por terrorismo internacional, el tribunal asegura que está plenamente demostrada, que "El Egipcio pertenecía desde hace tiempo a una célula" y que su actividad "ponía en peligro la comunidad nacional y mundial".
 
Además de las traducciones de las conversaciones, la acusación, añaden los jueces italianos, está confirmada por la documentación que fue recogida en su ordenador "y que evidencia su pertenecía al islamismo radical pero también los conocimientos y nociones técnicas necesarias para llevar a cabo atentados suicidas".
 
El recurso de la Fiscalía es "inútil"
 
Por su parte, el abogado en Italia de Rabei Osman El Sayed, Luca D'Auria, ha dicho que el recurso que presentará la Fiscalía española contra la absolución de su cliente en el juicio por el 11-M en Madrid "es inútil", ya que en los dos países se le juzga por los mismos cargos. D'Auria explicó a Efe que la condena del Tribunal de Apelación de Milán a ocho años de reclusión se refiere a la pertenencia de "El Egipcio" a la célula terrorista internacional implicada en los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid.
 
Añadió que dentro de algunos meses habrá en Italia "una sentencia definitiva" al expresarse el Supremo al respecto, por lo que el recurso de la Fiscalía española "es inútil".
 
En Italia, D'Auria ha presentado un recurso ante el Tribunal Supremo tras la condena a ocho años de prisión a "El Egipcio" por el mismo delito de pertenencia a organización terrorista internacional.
 
La Fiscalía española, sin embargo, esgrimirá en su recurso que "no hay constancia" de que los hechos por los que Rabei Osman El Sayed ha sido juzgado en Italia sean los mismos por los que se le ha procesado en España. Según explican, cabe la posibilidad de que haya desarrollado su actividad en dos grupos terroristas diferentes, teniendo en cuenta, además, que la sentencia del 11-M no especifica el nombre de los grupos yihadistas que perpetraron los atentados.
 
Pese a ello, D'Auria precisó que el hecho de que la Fiscalía recurra la sentencia del 11-M le dará la posibilidad de presentar ante el Supremo la petición de anular el juicio milanés por problemas de jurisdicción. "Lo que explicó desde el inicio es que en Italia no se juzga a Rabei por lo que ha sucedido en Milán, sino por los hechos antes de que él llegase a Milán, y de esto sería competente otra jurisdicción", agregó. D'Auria añadió que el recurso de la Fiscalía de Milán "da mucha fuerza" a su tesis y que al final, "uno de las dos procesos (Madrid y Milán) será anulado".

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