Menú

Condenados por coacciones los dos agentes del CNI que espiaron a Pizarro

 

 
(Libertad Digital) Dos agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) han sido condenados por una falta de coacciones contra el escolta privado de Manuel Pizarro, según el diario Negocio en una información exclusiva de Carmen Tomás.
 
Señala que el Juzgado de Instrucción 11 de Madrid considera probado que los espías coaccionaron al escolta, que había detectado el seguimiento de que era objeto su jefe. En primera instancia, se ha impuesto a los dos espías condenados una multa de 160 euros, a razón de 8 euros durante veinte días, con un apercibimiento de un día sin libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
 
La sentencia, que ha trascendido este jueves a través de una información exclusiva de Carmen Tomás para el gratuito Negocio, indica que los hechos "constituyen una falta de coacciones del artículo 620.2 del Código Penal".
 
El 13 de junio de 2007, a las ocho y media de la tarde, los dos agentes del CNI interceptaron el coche del escolta privado de Manuel Pizarro, al percatarse de que este profesional de la Seguridad había detectado el seguimiento de que era víctima su jefe y había tomado fotografías del coche de los espías del CNI.
 
Los agentes "impidieron (...) la circulación del vehículo (...), se identificaron como miembros del CNI y exigieron perentoriamente al denunciante que les entregara la cámara fotográfica, a lo que éste se negó, ante lo que los denunciados le requirieron para que borrase las fotografías que había tomado, a lo que igualmente se negó el denunciante, quien llamó por teléfono móvil a su superior y a la Policía Nacional".
 
Todo ello está extraído de la sentencia, que la periodista Carmen Tomás extracta en su información de este jueves.
 
La sentencia considera que esta actuación está tipificada en el Código Penal como una falta de coacciones, ya que "los miembros del CNI no tendrán la consideración de agentes de la autoridad con excepción de aquellos que desempeñen cometidos profesionales relacionados con la protección del centro y de las instalaciones del mismo", dice la resolución judicial, citando la Ley reguladora del Centro de Inteligencia.
 
La sentencia, considera la autora del reporte periodístico, "deja abierta la duda de qué hacían los agentes del CNI siguiendo a Pizarro y vigilando su domicilio, qué superior les había mandado hacerlo y en qué misión se encontraban".
 
En su día, el director del CNI, Alberto Sáiz, sostuvo que los agentes no seguían a Pizarro, sino a "agentes de un país extranjeros", y atribuyó a una casualidad que el ex presidente de Endesa se encontrase en la zona.

Temas

En Libre Mercado

    0
    comentarios