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El TC rechaza el recurso del PP y avala la reforma unilateral de Zapatero

 

 
L D (Europa Press) El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado con el voto favorable de cinco magistrados y el voto en contra de tres el recurso interpuesto por el Partido Popular contra la Ley Orgánica que regula a este mismo órgano (LOTC), según informaron fuentes jurídicas. La decisión se produce justo después de producirse el debate de investidura de Zapatero en el que ofreció pactos para reformar la Justicia. El equilibrio del Constitucional se rompió sólo tres días después de las elecciones, al blindar éste a Casas apartando a dos magistrados tal y como reclamó el Gobierno.
 
La resolución ha sido adoptada en un Pleno compuesto tan sólo de ocho miembros, tras aceptarse las recusaciones planteadas por el Gobierno contra los magistrados del "sector conservador" Jorge Rodríguez-Zapata y Roberto García-Calvo. Tampoco participaron en las deliberaciones la presidenta Casas ni el vicepresidente Guillermo Jiménez, por considerar que el contenido de las mismas les afectaba directamente, al referirse a sus cargos.
  
Tanto el conservador Vicente Conde –que presidió las cuatro sesiones que han sido necesarias para deliberar este asunto como magistrado más antiguo–, como los magistrados del mismo sector Javier Delgado Barrio y Ramón Rodríguez Arribas anunciaron la interposición de votos particulares discrepantes con la resolución, que fue apoyada por cinco magistrados de los considerados progresistas: Elisa Pérez Vera, Eugenio Gay Montalvo, Pascual Sala Sánchez, Manuel Aragón Reyes y Pablo Pérez Tremps.

El recurso suscrito por cincuenta diputados del PP se dirigía  contra los puntos 1 y 3 del artículo único por el que se reformó la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (TC), por entender este partido que en ellos se limitan las competencias del Senado y se vulneran el tiempo de mandato para el presidente del Constitucional fijado en la Carta Magna.
  
Ambos artículos chocan, según los recurrentes, con el 159 y el 160 de la Constitución. En el caso del artículo 16.1, el PP entiende que se obliga a la Cámara Alta a elegir a los miembros de este Tribunal que le corresponde sólo dentro del cupo de magistrados propuestos por las Comunidades Autónomas, lo que a juicio de los 'populares' supone una "desapoderación y limitación" de las competencias del Senado.
  
En cuanto al artículo 16.3, entienden que la nueva ley no respeta el  tiempo de mandato fijado para el presidente y el vicepresidente del Tribunal en la Constitución.
 
Incidencias
  
La tramitación de este asunto se ha desarrollado con notables incidencias, que han transmitido a la opinión pública una imagen del Tribunal Constitucional fracturada en dos sectores irreconciliables. Tanto el contenido de la resolución como el de los votos discrepantes será dado a conocer en los próximos días, según señalaron hoy fuentes del alto tribunal.
  
Tras interponerse el recurso por el PP, el pasado mes de julio, el Pleno debió debatir si aceptaba o no las abstenciones de Casas y Jiménez, tras lo cual se abrió una etapa de interposición de recusaciones que fueron planteadas tanto por el Ejecutivo como por los propios recurrentes.
  
Así, el Gobierno, habilitando para ello a la Abogacía del Estado,  recusó a García-Calvo y Rodríguez-Zapata por considerar que se encontraban "contaminados" para entender del recurso, por haber expresado su disconformidad con la reforma de la LOTC, en lo que atenía a la renovación del mandato de su presidenta, mediante una carta que remitieron en junio pasado a la propia Casas.
  
Posteriormente, el PP recusó a los magistrados progresistas Pablo Pérez Tremps, Manuel Aragón y Pascual Sala al considerar que habían manifestado un juicio favorable a la reforma durante unas reuniones internas celebradas a instancias de la propia presidenta del TC.
  
A partir de ese momento, el alto tribunal debió resolver el problema de cómo estudiar las propias recusaciones, ya que el Pleno necesita de un quórum mínimo de ocho miembros para poder realizar cualquier pronunciamiento.
  
Finalmente, un Pleno de diez miembros –todos los magistrados, recusados o no, menos Casas y Jiménez–, decidió rechazar las recusaciones planteadas por el PP, y posteriormente otra deliberación por parte de ocho magistrados –los mismos que se han pronunciado hoy– decidieron dar luz verde a los requerimientos del Ejecutivo y apartaron a García-Calvo y a Rodríguez-Zapata de este asunto.
  
La importancia del artículo que permite a la presidenta Casas continuar en su cargo hasta que el senado renueve los cuatro magistrados que le corresponden –entre los que ella está incluida–, estriba en la posibilidad de que ésta pueda emplear el voto de calidad en caso de empate.
  
La tesitura de un voto de calidad se baraja en el estudio del recurso contra el Estatut de Cataluña a instancias del Defensor del Pueblo, pues en el interpuesto por el PP los conservadores gozan de mayoría, al haberse aceptado la reacusación de Pérez-Tremps.
  
No obstante, aún falta por conocer si el Tribunal Constitucional admite o no a trámite un segundo recurso interpuesto por el PP contra la reforma introducida en el Reglamento del Senado para, precisamente, poder aplicar lo que dice la LOTC respecto de los magistrados del Tribunal Constitucional que deben ser designados por la Cámara Alta.

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