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El TSJA emite siete nuevas sentencias favorables a los objetores a EpC

Siete nuevas sentencias confirman que los jueces de la sección III del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía no han cambiado de criterio a pesar de las presiones de todo tipo que han recibido por parte de la Junta, de los asesores de Manuel Chaves y del propio Gobierno de Rodríguez Zapatero. Antes del período vacacional, los jueces del TSJA han resuelto varios recursos en materia de objeción de conciencia contra la obligatoriedad de Educación para la Ciudadanía y a favor de los objetores.

Siete nuevas sentencias confirman que los jueces de la sección III del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía no han cambiado de criterio a pesar de las presiones de todo tipo que han recibido por parte de la Junta, de los asesores de Manuel Chaves y del propio Gobierno de Rodríguez Zapatero. Antes del período vacacional, los jueces del TSJA han resuelto varios recursos en materia de objeción de conciencia contra la obligatoriedad de Educación para la Ciudadanía y a favor de los objetores.
LD (Pedro de Tena) Las siete sentencias notificadas este lunes, según cuenta ABC, son todas ellas a favor de los padres que decidieron objetar contra la asignatura y en contra de la Junta de Andalucía que ha mantenido sus criterios de que la clase de EpC era tan obligatoria como Matemáticas o Lengua.
 
Los nuevos fallos corresponden a tres familias de Jaén, dos de Cádiz y otras dos de Córdoba. Se trata de niños que estudian tanto en centros públicos como privados y en todas las sentencias se mantiene la misma tesis que ha mantenido esta sala en sus fallos anteriores. Es decir, prima el derecho de los padres a elegir la educación moral y religiosa que quieren para sus hijos y que, por tanto, debe estimarse su derecho a la objeción. El TSJA les exime de ir a clase de Educación para la Ciudadanía y de ser evaluados por esta materia.
 
Con estas últimas sentencias, son ya diez las que el TSJA ha dictado en ese sentido. La primera fue la famosa de los padres de Bollullos. Después llegó una de Málaga y otra de Sevilla. Además de esas tres, el TSJA ha dictado ya otro medio centenar de autos de medidas cautelares a favor de padres objetores . En ellas se argumentaba que los hijos de padres objetores no debían ser evaluados ni asistir a clase en tanto en cuanto no se produjera un fallo definitivo. Es de suponer que ese medio centenar de fallos pueden ser en el mismo sentido que los anteriores.

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