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Aurelio Alonso Cortés

Justicia, injurias y Estatut

Si en vez de insultar, los del PSOE se leyeran el informe de 39 páginas renunciarían a la imposible enmienda del Estatut y lo devolverían a su origen. Es inconstitucional “de cabo a rabo”

El PSOE y sus asociados republicanos han dirigido su vejatoria artillería –y luego se quejan de crispación– contra el magistrado Hernando, Presidente del Tribunal Supremo y también del Consejo General del Poder Judicial –CGPJ–. Su carácter representativo convierte las injurias en un ataque a la Justicia uno de los tres Poderes del Estado junto al Gobierno y al Legislativo. Entre otras lindezas le motejan de “mentir a conciencia”, “descarada falsedad”, “falacia” y de “payasada”. Y además le “dan la oportunidad” de comparecer en el Parlamento a dar explicaciones.
 
¿Porqué tanto ataque si lo declarado por el presidente Hernando es que con el Estatut catalán se dará la paradoja de que un mismo hecho pueda ser delito en una Comunidad Autónoma y no en otra? Con toda razón ya que sus redactores no han previsto que los jueces de lo Penal estén sujetos al recurso de unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo cuando sentencian por delitos menores a penas de hasta 5 años. La razón del disparatado cabreo no puede ser la que declaran pues en el trámite legislativo aún cabe añadir el citado recurso de unificación.
 
Lo que les atraganta es que el informe de la Comisión de Estudios del CGPJ encuentra nada menos que 17 causas de inconstitucionalidad en el Estatut catalán. Y ello sólo en la parte que se refiere a Justicia. Figúrense como estará el resto cuando el mismo Consell Consultiu de la Generalitat reconocía en el total hasta 60. El informe concluye que "es inconstitucional porque asienta las bases para la creación de un Poder Judicial estrictamente catalán, distinto del estatal", que "tendría su propio órgano de gobierno, crearía sus propios tribunales, determinaría la demarcación Judicial, seleccionaría a sus propios jueces y contaría con su propio tribunal de casación para toda jurisdicción y cualquiera que sea la norma aplicada, estatal o autonómica".
 
Si en vez de insultar, los del PSOE se leyeran el informe de 39 páginas renunciarían a la imposible enmienda del Estatut y lo devolverían a su origen. Es inconstitucional “de cabo a rabo”. ¿O pretenderán los vociferantes una operación de “salvoconducto” eliminando la posibilidad actual de que les enjuicie –llegado el caso –un juez independiente designado por el soberano CGPJ que preside Hernando? Es indudable que prefieren al juzgador que nombre la Generalitat mediante su proyectado Consejo de Justicia. ¡Qué hipoteca la del que deba a los políticos el favor del nombramiento!
 
Molesta a ciertos políticos que los jueces, al estar exentos de disciplina partidista, les pidan cuentas de sus fechorías. Como el del juzgado contencioso-administrativo número 6 de Madrid que el viernes pasado rechazó la pretensión del Ministerio de Industria, es decir de Montilla, de cerrar las emisiones en analógico de “La Otra”, la segunda televisión de la Comunidad, corrigiendo así la discriminación respecto a Cataluña, País Vasco, Andalucía y Valencia que disponen de un segundo y hasta un tercer canal analógico.
 
¿Qué sería del prestigio de los “buenos políticos” si de vez en cuando un tribunal no sentara la mano a los indeseables? ¿O a los prebostes económicos “de la gabardina”? Lo que tiene por seguro el españolito de a pie es que –a diferencia de una política sujeta a mercadeo– con un juez no vale la chequera. La justicia, aunque lenta, siempre llega.
 
Vano intento el de los “otros políticos” de tachar de mentirosos a jueces que, como el presidente de su Consejo, merecen el crédito moral de la gente. Es comprensible su temor y precauciones cuando regresa el fantasma de la corrupción. Son políticos que todo lo deben a haber sido incluidos en listas cerradas, formadas discrecionalmente y en secreto para “actuar a la orden”. La verdad no cuenta, sólo los intereses de partido. Los jueces en cambio acreditan su capacidad en pruebas de selección, por oposición hecha a la luz y entre muchos candidatos. Por eso pueden aplicar la ley en interés general; algo que se quiere ahora cargar el Ministro de Justicia con los nombramientos a dedo de los “jueces de proximidad”, otro estigma estatutario. De proximidad...a los políticos potencialmente enjuiciables, digámoslo claramente.
 
La exigencia del PSOE de pedir explicaciones en el Parlamento al presidente Hernando ignora que el principio de separación de poderes excluye al Judicial de control del Legislativo. El “controlable” según la Constitución es el Gobierno. A quien hay que pedir esclarecimientos es, por ejemplo, a Montilla por sus relaciones con La Caixa. Los Jueces y Magistrados “integrantes del Poder Judicial, están “sometidos únicamente al imperio de la ley” según su artículo 117, es decir al enjuiciamiento de los tribunales del rango superior al juzgador si éste infringe –caso raro– la Ley. Quien personifica al Poder Judicial no puede ser interpelado ni siquiera cuando el próximo diciembre presente, como es de reglamento, la memoria anual de actividades del Consejo.

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