Menú
EDITORIAL

Con esta Fiscalía, la infanta Cristina no necesita defensa

Los indicios que señalan la responsabilidad de la Duquesa de Palma son tanto o más elocuentes que los que pesan contra la mayor parte de los acusados.

Flaco favor ha brindado el fiscal anticorrupción Pedro Horrach a la Justicia, a la igualdad ante la ley y a la Corona con el vergonzoso escrito que ha presentado este martes al juez Castro, en el que solicita que se exima a la infanta Cristina de toda responsabilidad penal por unos hechos delictivos por los que, al tiempo, solicita el procesamiento de catorce personas.

Resulta alucinante que el Ministerio Fiscal considere que la acusación contra Doña Cristina se base en meras "sospechas" y en un "raquítico pudo saber", cuando lo cierto es que los indicios que señalan la responsabilidad de la Duquesa de Palma son tanto o más elocuentes que los que pesan contra la mayor parte de los acusados. Dando por bueno el reiterativo y absolutamente inversosimil "no sé, no recuerdo, no me consta" al que se redujo su declaración, Horrach pretende hacernos creer que la infanta no tenía por qué saber que Aizoon era una sociedad instrumental utilizada por su marido para enriquecerse ilegítimamente con fondos públicos y defraudar a Hacienda.

Debemos recordar, sin embargo, que Cristina de Borbón formaba parte de la junta directiva de Nóos, integrada por cinco personas, todas ellas imputadas salvo ella. A eso hay que sumar que la infanta y su marido eran copropietarios al 50% de Aizoon, la mercantil que, según apunta la Agencia Tributaria, era utilizada para facturar las retribuciones que Urdangarin percibía de entidades privadas. A ello hay que añadir que también está imputada en el caso la esposa de Diego Torres, Ana María Tejeiro, quien bien podría alegar, como de hecho su defensa ya alegó en su día, que, con "miméticos argumentos" a los utilizados para no imputar a la esposa de Urdangarin, se debería "con mayor razón" exonerarla de toda sospecha.

Pretender que era inconsciente y ajena a todos los tejemanejes que se producían en Nóos implica suponer que Doña Cristina era víctima de sistemáticas ocultaciones por parte de personas tan allegadas a ella como su propio marido, así como creerla absolutamente incapaz de percibir lo que sucedía a su alrededor, empezando por el súbito y formidable enriquecimiento de su familia.

Por otra parte, ¿es de recibo que se dé por hecho el desconocimiento de la infanta, siendo indiscutible beneficiaria de los delitos perpetrados, y, al tiempo, se dé por seguro el conocimiento de la existencia de los mismos por parte del ex director general de Deportes del Gobierno Balear, José Luis Ballester, para quien el fiscal pide dos años de cárcel, o de la ex consejera delegada de la Fundación Madrid 16 Mercedes Coghen, para quien se pide seis años y medio de cárcel?

Alegar, tal y como llega a hacer la Fiiscalía, que la hermana del Rey está en una "situación de indefensión", cuando tiene a su servicio un prestigioso despacho de abogados y ha recibido el apoyo del presidente del Gobierno y un privilegiado trato del Ministerio de Hacienda y de la Abogacia del Estado, es una tomadura de pelo y un insulto a la inteligencia de todos los contribuyentes.

Dispuesto a hacerle el trabajo no sólo al abogado defensor de la infanta sino al propio juez Castro, la Fiscalía se permite invocar la doctrina Botín para solicitar el sobreseimiento de la causa. Es cierto que, en función de esa criticable y ya parcialmente superada doctrina, si el Ministerio Fiscal y el acusador particular solicitan el sobreseimiento no se podría abrir juicio oral aunque lo instase la acusación popular. Sin embargo, la originaria doctrina Botín de la STS 1045/2007 fue derogada parcialmente por posteriores sentencias del Supremo, y ya sólo es aplicable a delitos que vulneran bienes jurídicos estrictamente individuales. No es este, evidentemente, el caso de los delitos fiscales, con los que se lesionan también intereses supraindividuales. De ahí que en el caso Nóos bastaría con que la acusación popular instase la apertura de juicio oral para que ésta pudiera decretarse, independientemente de si el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado se empeñan en no querer ver los indicios que incriminan a la infanta Cristina y que han estimado concurrentes nada menos que cuatro magistrados: el juez Castro y los tres integrantes de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Mallorca.

Veremos en qué queda el asunto, pero el daño que una politizada Fiscalía ha infligido al Estado de Derecho tiene difícil enmienda.

Temas

En España

    0
    comentarios