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EDITORIAL

Ocurrencias y negligencias de Garzón

Esperemos que el CGPJ y el Tribunal Supremo tengan en cuenta esta jurisprudencia y se haga realidad el llamamiento de Dívar a la responsabilidad judicial, especialmente su afirmación de que “todo juez que cause daños a terceros habrá de responder”

Un día después de que el nuevo presidente del CGPJ, Carlos Dívar, durante su discurso de apertura del curso judicial, hiciera un llamamiento para recuperar la confianza de la sociedad en la Justicia, se ha sabido que dos presuntos narcotraficantes turcos, capturados en la segunda mayor operación contra el trafico de heroína, quedaron en libertad el 16 de julio como consecuencia de un error de Baltasar Garzón. El magistrado de la Audiencia Nacional fijó la vistilla en la que debía prorrogarse la prisión de los narcos dos días después de concluir el plazo legal para poder hacerlo, con lo que los presuntos delincuentes tuvieron que ser puestos en libertad.

Ya sea por las numerosas actividades extrajudiciales a las que se dedica, ya sea por los casos en los que interviene como juez sin tener competencia para ello, o debido simplemente a la desidia, el caso es que al juez se le pasó el plazo para prorrogar la prisión, a pesar de que la Fiscalía le había advertido de su agotamiento con medio mes de antelación. De hecho, la advertencia del Ministerio Público le había pillado a Garzón recién llegado de Bogotá, donde había pronunciado un discurso sobre la desaparición forzada de personas, y a punto de partir hacia Gerona para participar en el lanzamiento de un grupo de trabajo hispano-francés.

En un auto posterior, Garzón ha tratado, sin embargo, de justificarse alegando un error de la fecha de las detenciones en la carpetilla de la pieza de situación personal del procesado. Sin embargo, aun dando por cierta la excusa, es responsabilidad personal del juez que este tipo de confusión no llegue a producirse. De hecho, una sentencia del Tribunal Supremo, que confirmaba la sanción impuesta por el CGPJ al juez de la Audiencia Nacional Guillermo Ruiz Polanco, quien había alegado una excusa similar para justificar que se le hubiera pasado el plazo para prorrogar la prisión preventiva de tres presuntos terroristas de ETA, ya señalaba que el control de la prisión cautelar es "un importantísimo deber" del juez que "se traduce en la exigencia de que examine personalmente el estado de las actuaciones".

Esperemos que tanto el CGPJ como el Tribunal Supremo tengan en cuenta esta jurisprudencia como primer paso para hacer realidad el llamamiento de Dívar, presidente de ambas instituciones, a la responsabilidad judicial, especialmente su afirmación de que "todo juez que cause daños a terceros habrá de responder".

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