Menú
EDITORIAL

Suprema incoherencia, suprema impunidad

Ya nadie quiere ser 'obstáculo' a una envilecida paz de la que ETA está obteniendo impunidad y un poder político sin precedentes.

Por mucho que los Estados firmantes del Convenio Europeo de Derechos Humanos estén sujetos a su cumplimiento y deban respetar las sentencias dictadas por la Corte de Estrasburgo, hasta el mismísimo Luis López Guerra reconocía este verano que "corresponde a cada Estado decidir cómo se ejecuta el convenio" y que desde Estrasburgo "no se pueden dar órdenes a las jurisdicciones nacionales".

Habida cuenta de este hecho, así como de la bochornosa y condescendiente inhibición del Ejecutivo español ante la sentencia referida a la etarra Inés del Río, parecería muy oportuna la solicitud que el Tribunal Supremo ha transmitido este martes al Poder Legislativo para que "regule con la necesaria claridad y precisión el cauce procesal adecuado en relación con la efectividad de las resoluciones del TEDH".

Lo esperpéntico de esta razonable solicitud es que se produce al mismo tiempo en que el Tribunal Supremo, resolución del TEDH mediante, ha dictaminado enterrar su propia jurisprudencia en lo referido a la Doctrina Parot y dar vía libre a la Audiencia Nacional y al resto de tribunales sentenciadores para que resuelvan caso por caso como estimen oportuno, siempre que escuchen previamente a las partes, y sabiendo que sus decisiones serán recurribles en casación ante el propio Supremo.

¿Qué sentido tiene que el TS reclame, con claridad y precisión, "el cauce procesal adecuado en relación con la efectividad de las resoluciones del TEDH", si no espera al mismo para dar vía libre a la Audiencia Nacional y el resto de tribunales para poner en libertad a los etarras y demás criminales en serie? ¿Qué sentido tiene, por otra parte, que este martes el TS conceda esa vía libre, cuando la Audiencia Nacional y otros tribunales ya hace días que han puesto en libertad a más de una decena de etarras y otros grandes criminales?

Es evidente que si el Supremo no ha elevado hasta ahora una solicitud para saber cuál es el cauce adecuado para ejecutar sentencias del TDHE, como por ejemplo la referida a Rumasa, se debe a que el Ejecutivo español no está interesado en que se ejecute. No menos claro es el hecho de que si el Supremo hubiera querido ser celoso guardián de su propia jurisprudencia se habría limitado, como mucho, a dar vía libre a la excarcelación de Inés del Río, única delincuente a la que se refiere la sentencia del TEDH del mes pasado, indicando a todo aquel que crea estar en su misma situación la posibilidad de recurrir a dicho tribunal europeo.

Lo lamentable es que los miembros del Poder Judicial se hayan querido lavar las manos en este asunto tanto como el poder político que los nombra. Que magistrados del Supremo designados a propuesta del PSOE, como Cándido Conde Pumpido, hayan avalado unas excarcelaciones que van incluso más allá de lo dictaminado por Estrasburgo no nos debe extrañar: a fin de cuentas, la derogación de la Doctrina Parot fue un compromiso adquirido con ETA por el Gobierno socialista y fue Conde Pumpido, tanto o más que el entonces secretario de justicia, Luis López Guerra, quien arremetió en 2006 contra la Doctrina Parot alineándose con la defensa de los etarras, a pesar de ser entonces el fiscal general del Estado. Recuérdese cuando dijo, casi parafraseando un comunicado de la propia ETA, que "la Justicia no debe ser obstáculo a los procesos políticos", en referencia al entonces recién inaugurado proceso de paz.

Sin embargo, también hay que denunciar la condescendiente y servil inhibición que han protagonizado en este asunto, y salvo limitadas excepciones, los magistrados nombrados a propuesta del PP. En 2006, desde el PP, se pidió la dimisión de Conde Pumpido. Hoy en día, sin embargo, nadie quiere ser obstáculo –incluido el Partido Popular– a una envilecida paz de la que ETA está obteniendo impunidad y un poder político sin precedentes.

Temas

En España

    0
    comentarios