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EDITORIAL

Un secreto del sumario más acotado y mejor protegido

Una cosa es criticar el mal uso y el abuso del secreto del sumario –cosa que Gallardón trata de enmendar con esta reforma- y otra muy distinta, ignorar o despreciar cual es la finalidad de esta garantía judicial, cosa que al parecer le pasa a Llamazares

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, ha anunciado que una de las prioridades de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal será la de crear un “sistema severo de sanciones administrativas” para castigar a los responsables de las filtraciones, así como la de limitar a un mes el tiempo máximo durante el cual un sumario podrá permanecer en secreto. Sólo desde la frivolidad de un personaje como Gaspar Llamazares se puede afirmar que semejante pretensión lo que trata es de crear una “justicia opaca” y “amordazar” a los medios de comunicación. Y es que una cosa es criticar el mal uso y el abuso del secreto del sumario –cosa que Gallardón trata de enmendar con esta reforma- y otra muy distinta, ignorar o despreciar cual es la finalidad de esta garantía judicial, cosa que al parecer le pasa a Llamazares. Para empezar, Gallardón ha excluido expresamente de las sanciones a los medios de comunicación, “que están en la obligación de buscar información”. Las sanciones irán dirigidas exclusivamente a las partes o los funcionarios que hagan las filtraciones. Al margen de ello, y por mucho que los medios de comunicación seamos beneficiarios de esas filtraciones, debemos entender que el secreto de sumario está justificado cuando con él se trata de evitar interferencias o acciones que pongan en riesgo el éxito de la investigación y la verdad de los hechos objeto de la causa. Cosa muy distinta, sin embargo, es que no podamos y debamos denunciar el abuso que no pocos jueces hacen de esta figura de uso restringido, extendiéndola indebidamente en el tiempo y sin que concurra riesgo alguno para la investigación. Este abuso no sólo merma indebidamente la libertad de información sino también el propio derecho de defensa. En esos casos, un largo y prolongado secreto de sumario se convierte en una ficción que no solo no evita las filtraciones sino que se convierte en el principal obstáculo para ponerse a salvo de rumores o versiones parciales de los hechos. Se supone que jueces y magistrados actúan con independencia, ajenos a las informaciones periodísticas que pueden ser parciales; pero más difícil es suponerlo en el caso de ciudadanos que conforman los jurados populares, a los cuales se debe convencer no sólo de la realidad de los hechos, sino también de que abandonen los prejuicios con que parten del conocimiento público del caso. Muchas veces el secreto de sumario, sin embargo, lejos de impedir una revelación parcial e interesada que perjudica a una parte en beneficio de la otra, lo que hace es generar indefensión ante esa injusticia. Es una abusiva y mala utilización del secreto del sumario la que a veces hace inevitable las filtraciones, ante las cuales el único auxilio que tiene la parte perjudicada es, precisamente, el levantamiento del secreto del sumario. Aunque la pretensión de Gallardón de restringirlo requerirá mayor agilidad en los procedimientos para no caer en el mero voluntarismo, lo que trata es de buscar un equilibrio para que la reserva que en ocasiones requieren determinadas actuaciones procesales en beneficio de la investigación no se pervierta ni se haga incompatible con algo tan esencial también para nuestro Estado de Derecho como es el la libertad de información y el derecho de defensa.

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