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Emilio Campmany

Perder la razón teniéndola

Si la Policía estudia bien el video, igual encuentra a un enmascarado de melena castaña esforzándose por rebasar el perímetro del Congreso.

Si la Policía estudia bien el video, igual encuentra a un enmascarado de melena castaña esforzándose por rebasar el perímetro del Congreso.

El magistrado Pedraz tiene toda la razón cuando dice que el tipo delictivo descrito en el artículo 494 del Código Penal exige alterar el normal funcionamiento de la institución asediada. Eso no ocurrió. Sin embargo, es discutible que no sucediera porque los manifestantes y convocantes no tuvieran intención de hacerlo, cosa harto dudosa cuando la convocatoria se hizo bajo el lema "Ocupa el Congreso". Más bien parece que si dicha ocupación no llegó a producirse, y, por lo tanto, no pudo haber alteración del normal funcionamiento de la institución, fue porque la Policía lo impidió. Es decir, el delito pudiera haberse cometido en grado de tentativa.

El juez entiende que el hecho de que los manifestantes quisieran saltarse el perímetro establecido por la Policía no implica necesariamente que quisieran alterar el normal funcionamiento de la institución asediada. Es decir, concluye que cabe la posibilidad de que quisieran saltarse el perímetro policial por gusto de estar al otro lado de él o sin ninguna finalidad concreta.

Y, no obstante, el juez tiene razón. Realmente cometido o en grado de tentativa, el delito tiene que estar perfectamente probado, y en este caso no lo está. En primer lugar, es siempre mucho más fácil demostrar que una persona ha cometido un delito que probar que ha intentado cometerlo. Pero eso no es excusa para condenar a alguien por unos indicios. Tiene que haber pruebas. Y en este caso no las hay. La única que podría tener la calidad de tal, el lema de la convocatoria, que induce a pensar que los convocantes se proponían cometer el delito del 492, no es suficiente desde el momento en que la propia Delegación del Gobierno no lo consideró indicativo de que existiera propósito delictivo, toda vez que, a pesar de ser ese el lema, autorizó la manifestación. Porque para cometer el delito en grado de tentativa podría haber bastado la convocatoria y su lema; entonces habría que haber prohibido la manifestación y detenido a los convocantes. Una vez autorizada, y sin que se llegara a alterar el normal funcionamiento de la institución, es muy difícil defender que se cometió un delito contra el Congreso de los Diputados en el grado que sea, si no se dieron todos los elementos del tipo.

Todo esto está muy bien, pero lo que no es de recibo es que el juez haya querido dar amparo a los convocantes más allá del hecho de ponerlos en libertad sin cargos, cuando de lo único que tenía que ocuparse era de ver si habían cometido el delito del que se les acusaba. A lo mejor, si la Policía estudia bien el video, encuentra a un enmascarado con una melena castaña asomando por debajo de la capucha esforzándose por rebasar el perímetro. Naturalmente, por gusto de saltárselo. En fin, ido Garzón, siempre nos quedará Pedraz.

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