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Guillermo Dupuy

El Supremo y las excarcelaciones de etarras

Parecen más preocupados por el hecho de que las sentencias judiciales puedan ser objeto de críticas a que puedan ser vehiculo de injusticias

No parece que tengan tiempo para fijar un criterio respecto de cómo afecta a nuestro ordenamiento jurídico y a la excarcelación de etarras las decisones marco del Consejo de Europa; pero a trece de los dieciocho magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo parece que les ha sobrado para redactar una insólita carta en la que protestan por las encomiables críticas que algunos miembros del Gobierno han hecho contra las recientes y, ciertamente, "lamentables", excarcelaciones de etarras decretadas por tres magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Nacional.

Por mucho que los magistrados del Supremo sientan "desazón" por la críticas que merecen las escandalosa excarcelación del histórico dirigente etarra Santiago Arróspide Sarasola, alias Santi Potros, y de otro miembro de la banda, Alberto Plazaola Anduaga, lo que ha causado algo más que desazón a las víctimas del terrorismo y a cualquier español con un sentido elemental de la justicia, es ver como unos magistrados de la Audiencia Nacional aplicaban a favor de unos sanguinarios terroristas una decisión marco del Consejo de Europa que todavía no había sido traspuesta al ordenamiento jurídico español. La injusticia perpetrada por estos tres magistrados todavía es mayor si tenemos en cuenta que dictaron la excarcelación de los dos etarras un día antes de que entrara en vigor la ley 7/2014; una ley que, si bien tiene por objeto el dar trasposición a esa normativa marco europea, contiene una disposición adicional única que la matiza al señalar claramente que "en ningún caso serán tenidas en cuenta" para su aplicación "las condenas dictadas por un tribunal de un Estado miembro de la Unión Europea con anterioridad al 15 de agosto de 2010". Es evidente, por tanto, que dichas excarcelaciones son, en cualquier caso, prematuras y no conformes a derecho, tal y como ha sostenido la fiscalía.

Es más. El vergonzoso criterio sostenido por estos magistrados de la Sección Primera es contrario al mantenido por la Sección Segunda de la propia Audiencia Nacional que paralelamente rechazaba la petición que igualmente había hecho la defensa de otro etarra -Iñaqui Bilbao- de computarle los periodos de reclusión en Francia.

En lugar se "poner coto" a esta bochornosa y clamorosa contradicción en el seno de la propia Audiencia Nacional, estos magistrados del Supremo han decidido poner coto a las declaraciones de un ministro del Interior que, por una vez, son respetuosas – o así parecen serlo- tanto con nuestro Estado de Derecho como con el sentir de las víctimas del terrorismo.

Mientras tanto los magistrados del Supremo han decidido posponer su decisión sobre el criterio a seguir, que no debería ser otro que el que imperaba y sigue imperando en nuestro ordenamiento juridico, a una nueva reunión el próximo 13 de enero. Y digo "nueva" reunión porque, por lo visto, no tuvieron suficiente tiempo con las más de tres horas que estuvieron reunidos

Ignoro si, para entonces, Santi Potros y Plazaola ya se han dado a la fuga; pero no me extrañaría en absoluto. Lo que parece claro es que estos trece magistrados del Supremo parecen más preocupados por el hecho de que las sentencias judiciales puedan ser objeto de críticas a que puedan ser vehiculo de injusticias.

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