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José T. Raga

El aforismo como esperanto

La dignidad de una nación y la de su administración de Justicia están en juego.

Nunca he entendido que quien tiene que dar ejemplo de probidad y de escrúpulo en el cumplimento de las leyes pueda gozar de una protección, al menos formal y particularmente procesal, para dejar de cumplirlas. Es bien cierto que la figura del aforado contemplaba otras situaciones; nunca dejar de cumplir las leyes y menos aún proteger los delitos comunes cometidos por los llamados "aforados".

El escándalo está en la calle. Los representantes de la soberanía nacional, quienes fueren, no pueden presentarse como delincuentes privilegiados por unas dificultades procesales a la administración de justicia creadas artificiosamente por la propia ley. En su misma estructura es un caso de corrupción política, del que no se habla y al que nos estamos acostumbrando, consistente en que los miembros de las Cortes Generales, con su voto, permiten o no el procesamiento de uno de sus componentes por delitos comunes presuntamente cometidos por el mimo.

Es sorprendente que, mientras la Constitución autoriza la detención de un congresista en caso de flagrante delito, para ser inculpado y procesado se precisa la autorización del Congreso o del Senado. No creo que el pueblo, cuando votó la Constitución, pudiera pensar que el artículo 71 condujese a los despropósitos a los que ha conducido. Esta sí que es una causa para reformar la Carta Magna.

Salvo la inviolabilidad prevista por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones, se trata de un privilegio que infringe el principio de igualdad de los españoles ante la ley. Más aún, cuando la tendencia de las Cortes a protegerse parece irrefrenable. Lo hemos visto en materia de retribuciones, en pensiones, etc., pero un caso más alarmante todavía lo es en lo tocante a la sumisión a los tribunales para ser juzgados como todos los españoles.

El límite en el esperpento y la desfachatez puede estar próximo a producirse. Se habla cada vez con mayor insistencia de conseguir el aforamiento del señor Griñán, tras su cese como presidente de la Junta de Andalucía, eligiéndole senador por aquella autonomía. La condición de aforado ex post al presunto hecho delictivo debe levantar ampollas hasta en aquellos que piensan que todo esto no les incumbe.

La dignidad de una nación y la de su administración de Justicia están en juego. Es imposible llegar a ese punto en el que, investigado un delito y sus presuntos culpables, se extrae a uno de ellos para que, en su caso, se someta a otro proceso con distinto tribunal. Construir semejante aberración es algo que nos va a dejar manchados a todos los españoles por mucho tiempo.

El que presuntamente está implicado en la comisión de delitos comunes no es que no deba privilegiarse del aforamiento, sino que ni siquiera debe figurar en las candidaturas a una elección para representar la voluntad de los ciudadanos. La conducta intachable debería ser un requisito para la condición de candidato, en una nación que se precie de serlo.

¿Se producirá la fechoría?

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