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Pablo Planas

El artículo 155, el 9-N y el buque 'Uruguay'

El problema con la Constitución no es que la incumplan quienes la quieren abolir, sino que no la cumplan quienes dicen respetarla.

El problema con la Constitución no es que la incumplan quienes la quieren abolir, sino que no la cumplan quienes dicen respetarla. La Carta Magna se ha convertido en papel mojado para la izquierda, los nacionalistas y los nacionalistas de izquierdas, y en el último y extremo recurso que tendría a su alcance el Gobierno, una especie de maletín nuclear con un botón rojo que en caso de activarse causaría una catástrofe de incalculables proporciones en el solar ibérico.

Hay algunos artículos que se consideran directamente la resurrección del general Batet y el reflotamiento del buque Uruguay, prisión provisional de Companys tras la proclamación del Estado catalán en 1934. Mencionar, por ejemplo, el 155 es tabú, cuando no una ofensa propia de cavernícolas al cívico, pacífico, dialogante y festivo Gobierno de la Generalidad. ¿Pero qué dice ese artículo? ¿Prohíbe votar? ¿Supone la intervención estatal de la región? ¿La suspensión de la autonomía? ¿Restringe o elimina acaso derechos fundamentales de los catalanes? No, para nada. Al contrario. Protege algunos de los derechos fundamentales de los ciudadanos en Cataluña y parece más bien el típico punto de los estatutos de una comunidad de propietarios que todo el mundo considera que está de más hasta que alguien tira la basura por la ventana, roba los felpudos, asalta las zonas comunes, aparca la moto en el rellano y no paga las cuotas de la comunidad.

Es sabido que Mas va diciendo por ahí que hay que engañar al Estado, que hay que actuar con astucia y azuzar el odio a España por las calles, cosas que al parecer se consideran alta política y están exentas de responsabilidades. Perfecto. Allá cada cual entonces, y si Mas quiere engañar al Estado, que es como engañarse a sí mismo, que lo engañe, que seguro que se deja. Pero para llegar hasta ese punto Mas se ha aprovechado de una cierta relajación gubernamental; se ha crecido en la medida en que el Gobierno dejaba pasar una tras otra todas las oportunidades para ponerle en su sitio por meras cuestiones administrativas, como no pagar los servicios públicos, estar en la bancarrota y despilfarrar recursos de todos en campañas de propaganda o en subvenciones a sus medios, poner en grave riesgo la sanidad, desatender los asuntos corrientes y no haber tomado una sola decisión práctica y concreta en los últimos años más allá de prometer urnas de cartón de aquí a dos domingos. Durante todo este tiempo ha habido razones más que sobradas para aplicar el 155. No es tarde y no habría que referirse ni siquiera al 9-N. Se podría fundamentar en lo que no ha hecho Mas.

Ahí va, el 155 con sus dos puntos:

1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.

Un requerimiento y mayoría absoluta del Senado. Democracia y Constitución.

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