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Ramón Villota Coullaut

La castración química

Si toda sanción penal ha de tener como función social la de intentar rehabilitar al delincuente, no cabe duda de que ésta es una fórmula para intentar que su resocialización sea más factible, ya que se eliminan los impulsos que les hacen delinquir.

Cada cierto tiempo vuelve a ponerse de moda el debate sobre qué hacer con los delincuentes sexuales. Ahora el origen de este renacimiento es Francia, donde un delincuente sexual, reincidente, ha abusado de un niño de 5 años. Sarkozy ya habla de la castración química y de que sean los médicos los que controlen la salida de prisión de los delincuentes sexuales.

Siempre se ha dicho que el delincuente sexual es un tipo especial de criminal. Su enfermedad hace que sus posibilidades de reincidencia sean mayores si no se le cura previamente, algo que tiene una gran dificultad. Además, su comportamiento en prisión suele ser bueno, lo que provoca que en muchos casos reciban beneficios penitenciarios. Dicho esto, y aún a sabiendas de que en España la propuesta del presidente de la República Francesa sería una quimera, no creo que la idea sea desechable sin más.

Cuando se ha discutido la posible castración química a los violadores o a pederastas siempre se ha recordado que nadie puede ser sometido a tortura ni a tratos inhumanos o degradantes, según recoge el artículo 15 de nuestra Constitución, dentro del apartado sobre derechos fundamentales. Pero una sanción de castración química solicitada por el propio afectado no tiene por qué encuadrarse dentro de un trato inhumano o degradante y mucho menos ser considerado como tortura. Otra cosa muy distinta sería hablar de la castración propiamente dicha, la física, pero no es el caso. En este supuesto se le trata químicamente y con su consentimiento. Además, si toda sanción penal ha de tener como función social la de intentar rehabilitar al delincuente, no cabe duda de que ésta es una fórmula para intentar que su resocialización sea más factible, ya que se eliminan los impulsos que les hacen delinquir.

Lo mismo puede decirse de la propuesta de que sea un comité médico el que decida si estos delincuentes pueden ser puestos en libertad. En España, en la actualidad, existen medidas de seguridad como la de asistir a tratamiento externo en centros médicos o establecimientos de carácter sanitario, sin perjuicio de que, una vez cumplida la sanción penal, se puede internar a una persona dentro de la jurisdicción civil si las circunstancias lo requieren, y siempre bajo control médico. No parece, por tanto, que sea una medida desechable la de que delincuentes con problemas mentales tengan un control médico específico, que no sólo beneficia a la sociedad en general –ya que se minimiza un riesgo de reincidencia– sino también al propio delincuente, al que se le otorgan, al final, más posibilidades de resocialización.

Ha habido casos en los que los mismos condenados han reconocido que volverían a matar o a violar al salir de prisión. Y es que, en muchas ocasiones, ese deseo tan progresista de apoyar al delincuente, de verlo como una víctima de la sociedad, no sólo no le ayuda sino que le impide volver a vivir en sociedad de una forma normal.

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