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Ramón Villota Coullaut

No hay quien lo entienda

A la Policía no se le paga para interpretar la ley; esa es una función judicial. Es algo tan evidente que no puede ni tan siquiera ser objeto de discusión.

Es algo que inconcebible que la primera actuación de Garzón como titular del Juzgado Central de Instrucción nº. 5 haya sido la de oficiar a la Policía para que le informe sobre la legalidad o no del encuentro del PSE con Batasuna. Siendo esta última un partido político ilegal y suspendido por ese mismo juzgado en sus actividades por colaborar con ETA, es como poco sorprendente que solicite un informe policial para saber si hay algún tipo de delito en esta reunión. Es decir, que un juez solicita a la Policía que interprete si se está cometiendo un delito o no. Olvida Garzón que esa es justamente su labor.

A la Policía no se le paga para interpretar la ley; esa es una función judicial. Es algo tan evidente que no puede ni tan siquiera ser objeto de discusión. Y más en un caso en donde se está haciendo caso omiso a la sentencia que ilegalizó a Batasuna, lo que nos lleva a un probable delito de quebrantamiento de condena –la ilegalización de Batasuna– y a otro de colaboración con banda armada, organización o grupo terrorista. Pero lo que está claro, a día de hoy, es que la Policía no puede ni debe informar sobre si le parece delictiva o no esta entrevista. A lo sumo, deberá informar al juzgado sobre quienes van a ser –y quienes fueron, una vez haya tenido lugar– los participantes en la reunión de este jueves, para que así Garzón decida sobre si ha de impedirse la reunión o iniciar acciones judiciales contra los interlocutores después de que haya tenido lugar.

Pero no, ha elegido la vía más fácil, la de que sea la Dirección General de la Policía la que resuelva sobre este problema jurídico que es la interpretación de la Ley Orgánica de Partidos Políticos y el Código Penal. Pero esa interpretación corresponde en exclusiva a los jueces y tribunales, ya que el artículo 122 de la Constitución –artículo que quizá también nos quieran reformar– dice en su punto tercero que "el ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los juzgados y tribunales determinados por las leyes". De esta forma, nuestro juez más conocido internacionalmente se está escabullendo en la toma de una decisión que le compete a él exclusivamente, haciendo un uso torticero de las peticiones de informes a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que evidentemente no están para dar su opinión al juez de si hay o no un hecho delictivo cuando éste se lo pregunte.

Finalmente, Garzón tuvo que tomar él la decisión, con un auto en el que ha autorizado la reunión. En principio, el argumento esgrimido es que a priori no puede prohibirse exponer ideas que no se sabe si tendrán contenido delictivo o no. Para este viaje no hacían falta tantas alforjas. Si ya tenía tomada la decisión, ¿para qué preguntar a la Policía? Si quería ahorrarse el estigma que puede suponer a su imagen no prohibir esta reunión, bien podría haberse quedado en Nueva York.

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