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Víctor Gago

La lejanía, según Giscard

El proyecto de Constitución presentado el pasado jueves por la Convención Europea fija el régimen de excepción por el que se gobernarán los siete territorios "ultraperiféricos" (las dichosas RUP de la jerga de los eurócratas). El grupo de doctos europeístas que preside Valéry Giscard d'Estaing ha consagrado en el artículo 326 (Título VII) la doctrina de la lejanía como inconveniente, no como ventaja competitiva. El precepto enfoca sus singularidades bajo una uniforme "situación estructural social y económica de los departamentos franceses de ultramar, las Azores, Madeira y las Islas Canarias, agravada por su gran lejanía, insularidad, reducida superficie, relieve y clima adversos y dependencia económica de un reducido número de productos, factores cuya persistencia y combinación perjudican gravemente su desarrollo". El proyecto constitucional ordena a la Comisión que regule una aplicación diferenciada de las políticas comunes sobre aduanas, competencia en los mercados, fiscalidad, agricultura, abastecimiento, ayudas públicas y acceso a los fondos estructurales.

El primer rasgo de esta respuesta a la lejanía es la forzada uniformidad de las distintas realidades que pretenden abarcarse bajo unas simples siglas políticas. Entre las condiciones naturales que, según el artículo 326, "perjudican gravemente el desarrollo" de las RUP, se señalan su "clima adverso", su "relieve", o su "dependencia económica de un reducido número de productos". Las dos primeras quizá sirvan para Martinica o Guyana, pero, desde luego, no para Canarias. Su clima, quizá el más salutífero del planeta, lejos de ser un hándicap, es su mayor ventaja competitiva. El relieve orográfico tampoco puede ser considerado como un condicionante económico y social de este archipiélago español. En primer lugar, porque no es una característica uniforme en las siete islas: las hay montañosas, como Tenerife o La Palma, y las hay llanas, como Fuerteventura y Lanzarote; incluso las hay que son conocidas como un "continente en miniatura", como Gran Canaria, precisamente porque se constituyen de un interior montañoso y una costa plana y arenosa. En segundo lugar, porque esa riqueza paisajística opera como un potente factor de competitividad. Canarias cuenta con cinco Parques Nacionales, más que ninguna otra región española, y el 50 por ciento de su suelo está protegido: algo tendrá que ver esta clase de lejanía con el hecho de que cada año visitan el Archipiélago, aproximadamente, once millones de turistas.

En cuanto al tercer factor de desventaja que señala la Convención, la "dependencia económica de un reducido número de productos", no puede sostenerse, con el mínimo rigor, que se trate, hoy en día, de una condición exclusiva de las RUP y, desde luego, la solución a esa dependencia está más alcance que nunca, en un mundo en el que los procesos de producción y comercialización se deslocalizan y se vuelven planetarios, gracias a la permanente innovación tecnológica y, en particular, a la extensión de Internet. Si algo puede agravar esa dependencia es establecer un régimen de excepción, mediante aranceles, barreras a la competencia y políticas de blindaje de la producción local; un régimen hacia el que apunta, precisamente, la Convención con su propuesta de artículo 326.

Los políticos isleños celebran, de forma unánime, el enfoque que la Convención ha dado al hecho de la lejanía. Las siete regiones RUP, con una población total de 3,6 millones de habitantes, han recibido 7.200 millones de euros de los fondos estructurales. Dicho de un modo más ilustrativo: cada residente de las RUP ha recibido 1 de cada 3 euros que la Comisión ha invertido en políticas de cohesión regional. La renta de estos territorios se ha acelerado, durante el periodo 1991-2001, impulsada por ingentes inversiones públicas en carreteras, aeropuertos, infraestructuras turísticas y agrarias. El VAB por habitante de los canarios ha pasado del 60 al 79% de la media europea, un salto suficiente como para abandonar la condición de región Objetivo 1. Sin embargo, la clase política (más "clasista" que nunca) y la clase empresarial (más temerosa que nunca de perder privilegios políticos) han hecho causa común de la lejanía como lamentación perpetua, con el fin de seguir disfrutando de la comodidad del subsidio y del chollo de un mercado cerrado. La excepción insular que, desde el edicto de franquicia comercial concedido por los Reyes Católicos, ha sido durante siglos el principio rector para que Canarias se comportase como una de las economías más abiertas del mundo, se ha convertido en un argumento comodín para las políticas autárquicas del gobierno insularista de Coalición Canaria (con el apoyo del PP).

Cuestionar la doctrina de la "ultraperificidad" y defender un modelo de integración basado en mercados abiertos y en una rebaja significativa y permanente del IRPF para los residentes, es hoy un auténtico anatema en Canarias, una causa perdida que muy pocos se atreven a defender en público. La Constitución de Giscard, y la aislante doctrina de la lejanía que consagra, es todo un triunfo del corporativismo político y empresarial, y una derrota de la iniciativa individual competitiva, los consumidores y los contribuyentes. Meses atrás, en un artículo publicado en La Vanguardia, Fabián Estapé se sorprendía de que el ex presidente francés presidiera la Convención encargada de redactar la Constitución europea. Es el mismo Giscard que vistió y calzó la retórica del chauvinismo encendido e incendiario contra la integración de España en la UE, venía a decir Estapé. Sin embargo, y dando por bueno este retrato de aquel Giarcard, no creo exista ninguna diferencia con este que ahora preside la Convención Europea. Hoy, como ayer, sigue investido de la toga gris del europeísmo, o, para ser exactos, de un sentido muy peculiar de la tradición europea, la de los preceptos, los blindajes y la preminencia de la burocracia sobre la libertad. ¡Oh tempora!, etcétera.


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