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Francisco Caja

La Generalidad elude la ley

El anuncio de que la futura LEC fijará el horario de la asignatura de castellano equivale a la proclamación, chulesca sin duda, de la independencia escolar de Cataluña.

Las peregrinas invenciones jurídicas que el Gobierno catalán ha difundido estos días para no ejecutar la reciente resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que le obliga a adoptar las medidas oportunas para garantizar la impartición de la llamada «tercera hora» en la enseñanza primaria en los colegios de Cataluña muestran con total evidencia el desvarío (que no deriva) de un Gobierno que desconoce las más elementales reglas de un Estado de derecho.

No sólo las resoluciones judiciales son de obligado cumplimiento (art. 118 de la Constitución Española) sino que la ley dispone expresamente que "serán nulos de pleno derecho los actos y disposiciones contrarios a los pronunciamientos de las sentencias, que se dicten con la finalidad de eludir su cumplimiento" (art. 105.4 de la LRJCA). Las triquiñuelas de los Montilla y Cía. resultan, pues, pueriles en un Estado de derecho. Pero lo más grave no es que las intenten, sino que las anuncien con total impunidad y sin que nadie salga al paso para denunciarlas con argumentos ni políticos ni jurídicos.

Pero el Gobierno de Montilla ha descubierto la pólvora (jurídica). ¿Resolución judicial? Pelillos a la mar, que nosotros tenemos playa. Se promulga la Ley de Educación de Cataluña (LEC) y santas pascuas. Como informaba Libertad Digital:

La futura norma, añade la formación republicana, "despliega todo el potencial del Estatuto", otorgando a la Generalidad la competencia "exclusiva" para determinar los contenidos educativos de primaria y para diseñar el currículum educativo, lo que comporta, "de manera explícita y necesaria", la regulación del marco horario de todas las materias. De esta manera, según la formación, la Generalidad no estaría condicionada necesariamente por los decretos promulgados por el Gobierno y, por tanto, no se vería obligada a implantar en Cataluña la tercera hora de castellano.

¡Qué viaje y qué alforjas! Que una Ley autonómica pueda otorgar al Gobierno catalán la competencia "exclusiva" para la fijación de las enseñanzas mínimas en primaria y el "marco horario" de todas las asignaturas, incluida la de Lengua castellana y literatura, es fantasía jurídica, política-ficción pura. La Ley Orgánica (sí, Orgánica) de Educación de 2006, de acuerdo con el artículo 149, 30ª de la CE, reserva de modo explícito al Estado las fijación de las enseñanzas mínimas. Dice así el artículo 6. 2. de esa ley:

Con el fin de asegurar una formación común y garantizar la validez de los títulos correspondientes, el Gobierno fijará, en relación con los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación, los aspectos básicos del currículo que constituyen las enseñanzas mínimas a las que se refiere la disposición adicional primera, apartado 2, letra c) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación.

Y esta Ley, Orgánica también, establece a su vez en sus disposiciones adicionales que:

Primera 2. En todo caso, y por su propia naturaleza, corresponde al Estado: c) La fijación de las enseñanzas mínimas y la regulación de las demás condiciones para la obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales válidos en todo el territorio español.

Pero hay más, ningún Gobierno autonómico puede regular en ningún caso ningún aspecto relativo a la lengua castellana, la única oficial del Estado. Y por supuesto nada en lo relativo a su enseñanza. El anuncio de que la futura LEC fijará el horario de la asignatura de castellano equivale a la proclamación, chulesca sin duda, de la independencia escolar de Cataluña. Eso, sencillamente, no puede ser y además es imposible. Resulta verdaderamente inaudito que un Gobierno autonómico proclame que puede regular el uso de la lengua oficial del Estado. Que la regulación de la enseñanza del castellano en todo el Estado corresponde en exclusiva al Gobierno central es algo que todo jurista (recordemos que uno de los voceros más activos en esta singular declaración de independencia escolar catalana, el Sr. Ridao es profesor de derecho constitucional) sabe. Ahí están, entre otras, las Sentencias del Tribunal Constitucional 87/1983 y 88/1983 que resuelven que "El Gobierno ha fijado unos horarios mínimos en todo el territorio nacional, y en materia lingüística los ha fijado sólo en relación con el castellano [...] la única lengua que es oficial en todo su territorio y que, por tanto, debe enseñarse en todo él con arreglo a unos mínimos criterios concernientes tanto al contenido como a los horarios mínimos". Más claro, imposible.

Que el Sr. Ridao anuncie que la futura norma "despliega todo el potencial del Estatuto" confirma lo que nos temíamos: que el Estatuto catalán es en realidad el célebre Lecho de Procusto, o sea, en castizo, un trágala, y que al Sr. Ridao debiera suspendérsele en derecho constitucional. Que una resolución judicial que obliga al Gobierno catalán y a la Santísima Trinidad a que se imparta en las escuelas catanas una tercera hora de castellano, en realidad no más que el chocolate del loro de la libertad lingüísitca, sirva para poner de relieve la verdadera naturaleza antidemocrática y hasta la zafiedad jurídica-política del Gobierno catalán no debiera sorprendernos: la Cataluña de los nacionalistas, representada por la lengua-organismo, es un alma en pena en pos de su Lebensraum, el famoso espacio vital. Un amo absoluto que, naturalmente, exige el sacrifico de la Razón y del Estado de derecho, de los derechos de los ciudadanos. De lo contrario, esa lengua, viva desde la noche de los tiempos(Prat de la Riba) no sobreviviría. El reino del mito político.

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