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Gobierno y Fiscalía impugnan las listas con las que ETA pretendía llevar a Batasuna a las urnas

Con 40 militantes de ETA y sin una sola propuesta municipal, las 249 candidaturas proetarras pretendían hacer creer que han surgido de la nada. Pero la Abogacía general del Estado y el fiscal general han presentado ante la Sala Especial del Tribunal Supremo sendas demandas para evitar que el "clon" de ETA-Batasuna llegue al 25 de mayo.

L D (EFE) La Sala Especial del Tribunal Supremo tiene de plazo hasta el próximo sábado para pronunciarse sobre los recursos que han presentado la Fiscalía General y la Abogacía del Estado contra las candidaturas en las que figuran miembros de la ilegalizada Batasuna o de los que pudieran sucederle. Tras presentar las demandas, la Sala Especial se ha reunido ya para que los dieciséis magistrados que la componen designen al ponente para la resolución de los recursos y analicen su contenido.

El ministro de Justicia ha insistido en que hay que actuar con la ley en la mano ante los intentos de ETA por "clonar a Batasuna" con la presentación de diversas plataformas electorales. En respuesta a eso, la Abogacía del Estado ha solicitado la anulación de todas y cada una de las plataformas y agrupaciones electorales que han surgido como continuación de la ilegalizada Batasuna mediante la impugnación de las 249 candidaturas que pretenden continuar su actividad.

1.500 conocidos, 40 etarras y ausencia de programa

La demanda acredita que 1.500 personas que figuran en las candidaturas impugnadas se presentaron en las listas del entramado Batasuna en anteriores elecciones. Michavila destacó que en estas candidaturas se han llegado a incluir a 40 militantes de ETA, algunos de ellos incluso en prisión.

Se demuestra también, indicó el ministro, que en las candidaturas figuran 400 concejales y 40 alcaldes de Batasuna, además de otros elementos de prueba como que todas y cada una de las personas relacionadas en la sentencia del Tribunal Supremo de ilegalización de esa formación aparecen en estas agrupaciones electorales.

La Abogacía del Estado ha tenido en cuenta también que las agrupaciones de electores se encuentran vinculadas por el hecho de que las mismas personas las presentan ante la opinión pública y porque ninguna de ellas, a pesar de su carácter estrictamente municipal o provincial, presentan propuestas o un programa en este ámbito.

Nada de espontaneidad

El recurso señala que "no hay nada espontáneo" en este proceso de constitución de agrupaciones y plataforma, "pretendidamente independientes una de otra" y que todas ellas -tanto AuB como las otras locales y provinciales, "nacen y se multiplican para el mismo proyecto y de la misma mano", que es "la mano de siempre, la del aparato ETA/EKIN/KAS/Batasuna en la política".

Para la Abogacía del Estado, el surgimiento de 249 plataformas en menos de dos meses "no es ningún florecimiento espontáneo de miles de conciencias políticas" sino "el propósito de ETA de burlar la ilegalización de su estructura política, intentado incluso inocentemente desbordar la acción de la Justicia".

El recurso de la Fiscalía destaca por su parte que esas plataformas electorales son "sucesión" o dan "continuidad" a Batasuna, HB y EH y cita, como elementos para determinar tal continuidad, "la organización o funcionamiento" y la "identidad de parte de los componentes" de las candidaturas impugnadas con aquellas personas que desempeñaron acciones responsables en cualquiera de los partidos disueltos.

La decisión que adopte el sábado el Supremo puede ser recurrida ante el Tribunal Constitucional antes del 5 de mayo y este tribunal deberá resolver en los tres días siguientes que concluyen el 8 de mayo, justo en la víspera del inicio de la campaña electoral.

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