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(14-10-02) La Audiencia confirma la responsabilidad de Batasuna en el terrorismo callejero

La Audiencia Nacional ha confirmado la responsabilidad civil solidaria de Batasuna respecto de los daños causados por miembros de SEGI en acciones de violencia callejera por valor de más de 24 millones de euros decretada por el juez Baltasar Garzón.

L D (EFE) En el auto notificado este lunes, la sección primera de la Sala de lo Penal de este tribunal afirma que tiene confirmado "que SEGI y sus antecesoras, como Batasuna y las suyas, están integrados en una misma organización que es ETA-Militar, bajo la dirección de ésta y produciéndose sinergias e instrumentaciones mutuas".

La resolución, contra la que no cabe recurso, añade, respecto a los hechos de violencia callejera, que "se ha producido una interconexión SEGI-Batasuna, de donde se desprende la necesidad de adoptar contra Batasuna medidas aseguratorias de la responsabilidad civil".

En el auto, contra el que no cabe recurso, el tribunal asegura asimismo que la responsabilidad civil señalada por el juez, solidaria y no subsidiaria, está plenamente justificada, y dice que es "la adecuada al caso que nos ocupa, ya que el actuar natural y dañoso es achacable no sólo a los individuos, sino también a SEGI-Batasuna".

También afirma que "la perentoriedad de las medidas cautelares -el embargo de bienes de la formación política decretado por Garzón para cubrir los 24 millones de euros- hace legítimo que no sea necesario esperar a la individualización de las responsabilidades penales relacionadas con Batasuna para adoptar aquéllas". Por último, la sección primera dice que "ha tenido ya oportunidad de confirmar la imputación que el Juzgado hizo contra personas que asumen los cargos de responsabilidad en SEGI y en relación con determinados hechos de violencia callejera" sucedidos en julio, octubre y noviembre del año 2001 y a lo largo del 2002.

De ahí, afirma la sala, "se infiere la competencia (de Garzón) para adoptar medidas cautelares a fin de asegurar las responsabilidades civiles derivables de las conductas de aquellos imputados y de aquellas imputaciones". Batasuna alegó que otros juzgados que ya investigaban esos hechos tenían preferencia, a lo que el tribunal responde que el propio juez, "para evitar cualquier exceso cuantitativo en la garantía, ya menciona la posibilidad de que, ulteriormente, se proceda a su distribución entre distintos procesos o a la acumulación de éstos".

Según el juez, el "patrocinio y/o cobertura" que Batasuna presta a SEGI está demostrado, ya que -bien como estructura o a través de "miembros relevantes" de dicha formación- la primera cede locales, asiste a ruedas de prensa y hace manifestaciones públicas de adhesión a las convocatorias de acciones violentas hechas por dirigentes de la organización juvenil. Los resultados de esas acciones, según Garzón, "benefician a todo el conjunto por coadyuvar a la finalidad ilícita común y única del mismo, que no es otra que la subversión del orden constitucional o la alteración grave de la paz pública. Por tanto deben repercutir negativamente, -responsabilidad civil-, en cada una de aquéllas".

La resolución recogía un listado de cuarenta y seis acciones de violencia callejera ocurridas con ocasión de convocatorias realizadas por SEGI entre julio de 2001, un mes después de que esta organización sucediera a la ilegalizada Haika, y febrero de 2002, y por las que están imputados como inductores una docena de dirigentes de la organización juvenil.

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