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La nueva Ley de Familias Numerosas reconoce esta condición a los extranjeros que vivan en España

La nueva Ley de Protección de Familias Numerosas reconoce esta condición a las familias de extranjeros cuando todos sus miembros residan legalmente en España, en igualdad de condiciones que los españoles. Hasta ahora, para que los extranjeros residentes en España se beneficiaran de estos derechos debían acreditar reciprocidad o acuerdo bilateral o internacional de su país con España.

LD (EFE) El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Eduardo Zaplana, anunció este viernes que el Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes del Proyecto de Ley de Protección de Familias Numerosas que sustituirá a la ley de 1971 y que beneficiará a unas 610.000 familias, consideradas numerosas si están formadas por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes.

El proyecto también prevé la consideración de familia numerosa a la integrada por uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes, siempre que al menos uno de éstos sea discapacitado o esté incapacitado para trabajar y la de dos ascendientes, cuando ambos fueran discapacitados o estuvieran incapacitados para trabajar, con dos hijos, sean o no comunes.

El Proyecto de Ley incluye, además, nuevos supuestos de unidades familiares. En este sentido será unidad familiar el padre o la madre separados o divorciados, con tres o más hijos, sean o no comunes, aunque alguno de los hijos estén en distintas unidades familiares, siempre que se encuentren bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el domicilio conyugal. Y también la integrada por dos o más huérfanos de padre y madre sometidos a tutela, acogimiento o guarda, que convivan con el tutor, acogedor o guardador, pero no dependan económicamente de éste.

Tres o más hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de dieciocho años, o dos, si uno de ellos es discapacitado, que convivan y tengan dependencia económica entre ellos, también será una unidad familiar. Asimismo, el Proyecto establece que tendrán la misma consideración que los hijos las personas sometidas a tutela o acogimiento familiar permanente o preadoptivo legalmente constituido.

Dos categorías en lugar de tres

Las familias numerosas, de acuerdo al proyecto, se clasificarán en dos categorías frente a las tres que prevé la legislación actual. Así, tendrán la consideración de familias numerosas de categoría especial las de cinco o más hijos y las de cuatro hijos de los cuales al menos tres procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiples.

Las restantes unidades familiares se clasificarán en la categoría general. También se incluirán en la especial las familias con cuatro hijos cuyos ingresos anuales, divididos por el número de miembros que las integran, no superen el 75 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional. El proyecto normativo prevé que cada hijo afectado por un grado de discapacidad, igual o superior al 33 por 100, computará como dos para determinar la categoría en que se clasifica la unidad familiar de la que forman parte.

La Ley establece que la condición de familia numerosa se acreditará mediante un título único que será válido en todo el territorio nacional y permitirá acceder a los beneficios que les corresponda en cualquier parte del Estado. El Proyecto prevé ayudas específicas para las familias numerosas en las que ambos cónyuges trabajen fuera del hogar, ya sea por cuenta propia o ajena, o estén incapacitados para el trabajo. Así, los padres y madres de familias numerosas con dificultades a la hora de conciliar la vida familiar y laboral contarán con ayudas para la contratación de un cuidador, a través de bonificaciones del 45 por 100 de las cuotas a la Seguridad Social.

Menos impuestos

Se prevé, asimismo, una ampliación del periodo considerado como efectivamente cotizado y de reserva del mismo puesto de trabajo de los actuales doce meses a quince o dieciocho meses, cuando los padres estuvieran en situación de excedencia por el cuidado de hijos. Además, en el proyecto normativo se igualan los umbrales de renta para acceder a las prestaciones por hijo a cargo con los mínimos exentos del IRPF. Así por ejemplo las familias numerosas con tres hijos pasarán del límite vigente, 11.616 euros, a 14.200 o las de cuatro hijos, pasan del límite establecido de 13.147 euros, a un límite de 16.500.

La equiparación de los umbrales de renta con los mínimos exentos del IRPF beneficiará a 52.300 nuevas familias y 122.624 hijos, que serán perceptores de la prestación. En materia de vivienda, las familias numerosas tendrán derechos preferenciales a la hora de acceder a viviendas protegidas. Asimismo, la Ley establece directamente beneficios en el ámbito de la educación impartida en centros públicos al fijarse una exención del 100 por 100 de los gastos de matrícula para los miembros de familias numerosas de categoría especial y una bonificación del 50 por 100 para las de categoría general.

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