Menú

El próximo reto de la ley sobre violencia doméstica será su aplicación efectiva

Todos los grupos parlamentarios y los ministros de Justicia y Trabajo, José María Michavila y Eduardo Zaplana, respectivamente, firmaron este miércoles en el Congreso la proposición de ley que regula la Orden de Protección a la víctimas de violencia doméstica, cuyo próximo "reto" consistirá en su aplicación efectiva.

L D (EFE) Previamente a la firma de la iniciativa y su registro en la Cámara Baja, los portavoces parlamentarios subrayaron que la Orden asegura la protección física, económica, jurídica, social y policial a las maltratadas, aunque "el reto que comienza ahora es su ejecución eficaz", en palabras del portavoz socialista Diego López Garrido. La proposición, que modifica algunos artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se tramitará en el Congreso de los Diputados por vía de urgencia y se aprobará en el próximo Pleno de la Cámara Baja (segunda semana del mes de junio).

El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales explicó asimismo que el real decreto que elabora su departamento para regular la protección económica a la víctima entrará en vigor de forma simultánea a la de la Orden de Protección, un día después de su publicación en el BOE. Este real decreto contempla la concesión automática de 300 euros mensuales -durante al menos diez meses- a las personas maltratadas que carecen de recursos económicos y la percepción de una renta única de 900 euros en el caso de que se vean obligadas a abandonar su domicilio habitual, añadió Zaplana.

La Orden, que permitirá la protección integral e inmediata de las víctimas de malos tratos a través de una "ventanilla única", podrá solicitarla la propia víctima, cualquier persona cercana a ella, el Ministerio Fiscal o los representantes legales. Una vez demandada podrá ser dictada en plazo de 24 horas o un periodo máximo de 72 horas y activará todos los ámbitos de asistencia a las víctimas: social, económico, policial, jurídica y sanitario, entre otros. Entre las medidas cautelares que el juez puede adoptar contra el agresor figura la prisión provisional, la prohibición de acercarse a la víctima, la inhabilitación para la patria potestad y la suspensión del permiso de armas.

Temas

0
comentarios