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El Estado deberá pagar a Polanco 26 millones de euros por cambiar la ley de los decodificadores

En 1998, el Gobierno, a petición de la Comisión Europea, cambió la ley sobre la compatibilidad de los decodificadores con el objetivo de beneficiar a los consumidores. Cinco años después, el Tribunal Supremo ha condenado a la Administración a pagar más de 26 millones de euros a Sogecable por el supuesto perjuicio causado. Se espera que, a diferencia del antenicidio, el Gobierno ejecute con celeridad la sentencia.

(Libertad Digital) El Tribunal Supremo ha condenado a la Administración a abonar a Canal Satélite Digital la cantidad de 26.445.280,37 euros, por entender que la norma sobre decodificadores aprobada por el Ejecutivo en 1998 perjudicó a la empresa al retrasar sus emisiones y la captación de abonados. Esto viene a suponer que cada español (42 millones, según el último censo) toca a más de 107 pesetas cada uno para hacer frente a la condena.

En la sentencia dada a conocer este jueves, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo estima, en parte, el recurso presentado por Canal Satélite Digital contra este acuerdo del Consejo de Ministros de diciembre de 1998, que el Tribunal anula. Conviene recordar que los abogados de Polanco exigían por daños y perjuicios 16.600 millones de pesetas. La sentencia explica que dicho acuerdo, en el que se reguló el uso de los decodificadores para las emisiones de televisión digital, influyó "en la menor actividad comercial en relación con el producto de Canal Satélite Digital", retrasó la captación de abonados y provocó la pérdida definitiva de los mismos, según informa EFE.

Hechos futuribles y conceptos indeterminados

Es decir, el Supremo se basa en un concepto jurídico tan indeterminado y basado en futuribles imposibles de comprobar, como el hecho de que los potenciales clientes de Sogecable que no se abonaran en ese periodo en concreto hayan renunciado a este hecho para toda la eternidad. "Resulta razonable concluir -prosigue el Tribunal Supremo- que la normativa integrada por el Real Decreto Ley 1/97 y la Ley 17/97 influye en la menor actividad comercial en relación con el producto Canal Satélite Digital, aún cuando esa no fue la única causa". Tras calcular el coste económico (aunque tendrá que explicar cómo lo ha hecho) que las normas del Gobierno contrarias a derecho comunitario ha provocado a Canal Satélite Digital, la sentencia del Tribunal Supremo señala que "en consecuencia, los perjuicios que se entienden acreditados son los siguientes: 387.575.700 pesetas, por el concepto de retraso en la captación de abonados, y 4.012.548.719 pesetas por el concepto de abonados perdidos definitivamente".

Sogecable ha protagonizado la mayor caída del mercado continuo , al perder el 9,43 por ciento, después de que los inversores optaran por recoger los beneficios acumulados en los últimos días y mostraran su indiferencia ante la sentencia que condena al Estado a indemnizar a Canal Satélite Digital. En la Bolsa se daba por descontado que el Supremo fallara a favor de Sogecable, aunque los 26 millones de euros que deberá abonar el Estado a la compañía supieron a poco en el mercado puesto que la petición de Sogecable era el triple de los concedido.

El PSOE pide la cabeza de Cascos

En lo que se refiere a las reacciones políticas, la diputada socialista, Francisca Pleguezuelos , señaló que cinco años después de que el Gobierno iniciara una "guerra mediática con grupos próximos, una guerra digital ficticia, las dos plataformas son ahora una y se terminará pagando con dinero público las aventuras y falta de escrúpulos, a la hora de hacer política, del PP". Pleguezuelos dijo que "el inductor fue Álvarez Cascos , vicepresidente político, por lo que, a raíz de esta sentencia, debería dimitir, aunque esto afecte al Gobierno en su conjunto".

La decisión del Gobierno en 1998, tomada en el Consejo de Ministros, respondía a las peticiones de Bruselas para que se modificara la redacción inicial de la ley en varios apartados, en especial la exigencia de compatibilidad total entre los decodificadores (simulcrypt y multicrypt) utilizados por las dos plataformas digitales existentes en España. El entonces portavoz del Gobierno, Miguel Ángel Rodríguez , dijo entonces que la norma aprobada era "un punto de encuentro equlibrado entre las pretensiones de la Comisión y las del Gobierno español".

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