Menú

El PSOE presenta una querella catastrófica y la SER revela datos privados de militantes del PP

El PSOE ha pedido la suspensión de los rebeldes invocando un artículo que no existe. Además admite que si hubieran previsto la estrategia de Tamayo y Sáez, el resto de diputados del PSOE hubiera reventado la votación con una espantada colectiva. Mientras, la SER se enfrenta a otra querella por divulgar datos de los implicados y de militantes del PP. Génova dice que este miércoles llega por fin la querella contra Simancas.

(Libertad Digital) El PP ha anunciado que presentará estre miércoles una querella contra el secretario general de la Federación Socialista Madrileña (FSM), Rafael Simancas, por sus declaraciones, que vinculan al partido con una presunta trama de corrupción política, y anuncia otras nuevas contra otros dirigentes del PSOE y algunos medios de comunicación, que aún no ha precisado.

Pero el que sí ha presentado su querella ha sido el PSOE. No obstante, su inmediatez tiene un precio: encierra demasiados errores. El contenido, al menos el que publica la Cadena SER como "texto íntegro", solicita la suspensión temporal de la condición de diputados electos para Eduardo Tamayo y Maite Sáez, los dos díscolos del PSOE. Sin embargo, al invocar los fundamentos jurídicos para solicitar esta medida cautelar se han equivocado de artículo. Por cierto, esos "textos íntegros" que divulga la SER podrían suponer delito y así lo ha entendido la presidenta del PP de Villaviciosa de Odón (Madrid), que anuncia acciones legales. La emisora publica en su web una larga lista de militantes del PP en este municipio, las direcciones personales de todos los implicados en las querellas y los estadillos telefónicos de Tamayo. (Ampliación)

Aunque estamos sólo ante una querella presentada –falta que el Fiscal la admita a trámite– conviene analizar que muchas de las medidas que se proponen para los afectados no cumplen los requisitos para que se ejecuten. Además, resulta curioso comprobar cómo el PSOE se delata ante los tribunales admitiendo que, si hubieran adivinado la estrategia de los rebeldes, habrían puesto en funcionamiento "resortes defensivos", como por ejemplo una espantada colectiva para impedir la constitución democrática del Parlamento de Madrid. (Ampliación)

El Reglamento de la Cámara desarrolla varios artículos sobre la suspensión de derechos de un diputado. El PSOE no puede acogerse a ninguno. Pero lo peor es que cuando justifican la solicitud de suspender a Tamayo y Sáez invocan unos fundamentos jurídicos que no se corresponden con texto legal alguno.

El PSOE invoca el artículo 12.4 del Estatuto de Autonomía de Madrid. Hay un grave error y caben dos posibilidades:

La primera es que se hayan confundido de texto legal y realmente invocaran el Reglamento de la Cámara. Pero hasta en este supuesto, el artículo 12, no tiene punto 4. Tal vez se refieran al punto 3, que dice así:

Artículo 12.
3. Los derechos, prerrogativas y deberes del Diputado serán efectivos desde el momento mismo de su proclamación como Diputado electo. Sin embargo, celebradas tres sesiones plenarias sin que el Diputado electo adquiera la plena condición de Diputado, sus derechos, prerrogativas y deberes quedarán suspendidos hasta que dicha adquisición se produzca. No obstante lo anterior, la Mesa podrá apreciar en ese hecho causa de fuerza mayor debidamente acreditada y otorgar un nuevo plazo al efecto.

La segunda , en el caso de que se refirieran de verdad al Estatuto de Autonomía de la Comunidad, como reza la querella, el artículo más parecido a lo que invocan es el 11.2. y no el 12.4, que no existe.

Artículo 11.
1. Los Diputados de la Asamblea recibirán de cualesquiera autoridades y funcionarios la ayuda que precisen para el ejercicio de su labor y el trato y precedencia debidos a su condición, en los términos que establezca una ley de la Asamblea.

2. La adquisición de la condición plena de Diputado requerirá, en todo caso, la prestación de la promesa o juramento de acatamiento de la Constitución y del presente Estatuto de Autonomía.

Pese a que este defecto de forma seguramente no afectará para la admisión o no de la querella, sí refleja la precipitación del PSOE en todo el proceso que están llevando a cabo, incluida la obtención de pruebas y la difusión de las mismas por parte de la SER . No hay que olvidar que ya bailó el nombre del empresario que había reservado las habitaciones del Hotel Los Vascos. Primero era Enrique Cabezas . Luego el constructor Francisco Bravo. La querella corrige también este hecho. El primero se ha librado por poco de otra querella.

Aunque la querella se admitiera existen escasas posibilidades de que se acceda a la suspensión temporal de los diputados electos, ya que el propio reglamento sólo contempla esta medida en casos muy concretos que no coinciden con las pretensiones socialistas. Una de las posibilidades sería que los querellados estuvieran ya en prisión provisional. (artículos 13 y 14 del Reglamento para el caso de pérdida de condicón de diputado y artículos 34 y 35 para la suspensión temporal).

Cabe destacar que la medida de prisión provisional también solicitada se argumenta en "el desconocido paradero de los querellados Eduardo Tamayo Barrena y María Teresa Sáez Laguna, y, por añadidura, su facilidad para destruir pruebas necesarias a la investigación de la causa...". Entra las medidas cautelares también se solicita una fianza para "responder de las responsabilidades económicas dimanantes del delito (...) que se cuantifican muy prudente y provisionalmente en 1 millón de euros".

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, a la que va dirigida la querella del PSOE, la componen los magistrados Javier María Casas Estévez, Antonio Pedreira Andrade y José Manuel Suárez Robledano.


Temas

En España

    0
    comentarios