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El presidente del Supremo rechaza cualquier salida negociada a la disolución de ETA-Batasuna

El presidente del Tribunal Supremo, Francisco Hernando, ha hablado de la disolución del grupo Sozialista Abertzaleak (SA) en el Parlamento vasco, para afirmar que no caben negociaciones para el cumplimiento de las resoluciones judiciales cuando afectan a derechos fundamentales y al régimen democrático que "nos hemos dado".

L D (EFE) Pocas horas antes de que se reuniera la Sala Especial del Supremo para hacer efectiva la disolución del grupo de ETA-Batasuna, Francisco Hernando, presidente del Tribunal Supremo (TS) y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), declinaba pronunciarse sobre las medidas concretas que se estudiarán, pero apuntaba que, "cuando los intereses que se conciernen en esta decisión (judicial) son de tal magnitud que afectan a derechos fundamentales de las personas y guardan relación con el imperio de nuestro sistema" no cabe, ni es competencia de la Justicia, "entablar negociaciones" para su cumplimiento ya que, según agregó, "las resoluciones judiciales se acatan y se cumplen".

Hernando señaló también que confía en que "se predique la serenidad, la comprensión y se dé cumplimiento a los mandatos constitucionales y explícitamente imperantes en el artículo 117.3 de la Constitución, que establece que la facultad de ejecutar y hacer ejecutar lo juzgado corresponde exclusivamente al juez sin injerencias ajenas", así como el artículo 118, que determina que es necesario cumplir las decisiones jurisdiccionales que los tribunales establezcan. Por ello, agregó Hernando, "espero y confío que se dé cumplimiento a los mandatos constitucionales en la medida en que la Constitución es el armazón que regula nuestra convivencia ciudadana". En este sentido, añadió que "una resolución judicial, sobre todo cuando afecta a los derechos de los ciudadanos constitucionalmente reconocidos no es negociable porque el imperio de la ley nos obliga a todos, sin excepción".

Preguntado por la posibilidad de que el Supremo acudiera al Gobierno para que ponga en marcha un proceso de suspensión de la autonomía del País Vasco, a través del artículo 155 de la Constitución en caso de que el Parlamento vasco insistiera en no disolver al grupo de Sozialista Abertzaleak, Hernando dijo que el Poder Judicial tiene mecanismos suficientes para hacer cumplir sus resoluciones y que la aplicación de ese artículo "es un remedio extraordinario". El artículo 155 dice: "Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general".

No obstante, Hernando no quiso pronunciarse sobre si se contempla concretamente ese medio de actuación "como forma eficaz para hacer cumplir las resoluciones judiciales" y destacó que la Sala Especial "adoptará las medidas que considere oportunas en una decisión orgánica, como corresponde".

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