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El CGPJ anula la composición de la Sala de la Discordia por la falta de "objetividad" de Zorrilla

El Consejo General del Poder Judicial ha anulado de forma definitiva la Sala de la Discordia, que debe pronunciarse sobre la querella contra Atutxa. Había irregularidades en la designación de sus componentes. El TSJPV tendrá que conformar una nueva sala en la que se respete el turno. El fiscal general había recurrido tras la maniobra para colocar a jueces afines al PNV.

L D (EFE) El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido anular el acuerdo del presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Manuel Zorrilla, sobre la composición de la Sala de Discordia que debe estudiar la querella contra el presidente del Parlamento vasco, Juan María Atutxa. Según informó el portavoz del CGPJ, Enrique López, el pleno decidió anular el acuerdo por 17 votos a 3 al considerar que debe ser revocado ya que en el mismo se aplicaron criterios complementarios "erróneos" que no satisfacen las exigencias constitucionales de "objetividad y predeterminación".

López explicó que una vez que se notifique esta resolución, sólo recurrible por el Ministerio Fiscal, "se espera un nuevo llamamiento para conformar una nueva Sala conforme a los criterios utilizados en el último año por la Sala de Gobierno del TSJPV".

El acuerdo del Consejo se produce a raíz del recurso presentado por la Fiscalía contra la composición de la Sala de Discordia creada por Zorrilla para decidir sobre la admisión o no a trámite de la querella contra Atutxa por su negativa a disolver el grupo Socialista Abertzaleak (SA).

El pleno también decidió previamente ratificar el acuerdo de su Comisión Permanente de suspender cautelarmente la Sala de Discordia, constituida tras establecerse un empate en la Sala que debía decidir sobre la querella contra Atutxa, y para la que Zorrilla nombró a los magistrados Manuel Díaz de Rábago, Enrique Torres y María Abelleira.

El portavoz señaló que la mayoría del Pleno defendió la competencia de este órgano de gobierno de los jueces para abordar este asunto al considerar que la decisión de Zorrilla tiene un carácter gubernativo aunque se tomara a través de una providencia, criterio que no comparten los tres vocales que votaron en contra - Monserrat Comas, Félix Pantoja y Alfonso López Tena-.

Para el pleno, Zorrilla no utilizó el turno preestablecido por la Sala de Gobierno del TSJ del País Vasco y por eso se produjo lo que se ha calificado de error en los llamamientos de los magistrados que debían conformar la Sala de Discordia, con lo que la providencia "es nula de pleno Derecho" y está viciada de "nulidad radical", dijo López. Según el portavoz del CGPJ, para el llamamiento de estos tres magistrados el presidente del TSJ utilizó "criterios complementarios" que no satisfacen las exigencias constitucionales del derecho al juez predeterminado por la ley y que no son coherentes con los aplicados por la Sala de Gobierno de dicho tribunal en el último año y medio.

El criterio de la Sala de Gobierno, que "no está acordado expresamente pero si de facto", señaló López, establece que deben ser llamados los magistrados de las otras Salas -en este caso de lo Social y lo Contencioso- empezando por los más modernos y terminando por los más antiguos.

A partir de este criterio, los magistrados a los que les correspondería conformar la Sala de Discordia serían José Antonio Alberdi, quien se encuentra de baja; Fernando Torremocha y Agustín Hernández, y, en caso de que el primero continuara de baja, a Isidoro Álvarez. Por su parte, López Tena, uno de los vocales discrepantes que ha presentado un voto particular al acuerdo del pleno, indicó que en su opinión el fiscal no está legitimado para recurrir por vía administrativa una decisión del presidente del TSJ.

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