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Donkeymania recurre su cierre cautelar ante la Audiencia Provincial de Madrid

Los responsables de Donkeymania han presentado ante la Audiencia Provincial de Madrid un recurso de apelación contra el cierre cautelar del site ordenado por la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de la capital española, Carmen Sánchez Albornoz. La intención es reactivar el sitio web antes de que concluya el plazo fijado por la togada.

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(Libertad Digital) El abogado de Donkeymania, Javier Maestre, ha dicho que el recurso hace hincapié en que "no se haya atendido al principio de proporcionalidad" al ordenar el cierre cautelar del sitio, según ha informado la agencia Europa Press. Maestre ha dicho que dicho principio, recogido en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, pretende salvaguardar los intereses de los denunciantes, pero que en este caso se ha ido más lejos. El primer demandante fue El Derecho Editores, si bien después se sumaron AFYVE, EGEDA y la SGAE. El togado ha dicho: "Estimamos que el recurso es procedente; si no, no lo hubiéramos presentado. Al afectar a la libertad de expresión, esperamos que los plazos sean breves y que la Audiencia Provincial de Madrid se pronuncie antes de los seis meses de cierre impuestos".

Maestre ha declarado: "Cuando se restringe un derecho fundamental como la libertad de expresión debe hacerse de la forma menos lesiva. Con retirar los enlaces a esos contenidos supuestamente ilícitos se dejaría de causar ese hipotético daño. Pero el cierre no es proporcional". El origen de la denuncia, como informó en su día Libertad Digital fue un link que dirigía al contenido de un CD de una base de datos publicada por El Derecho Editores. El abogado de Donkeymania ha dicho: "Algunos denunciantes nos están utilizando como cabeza de turco" y sostiene que el caso "obedece a una ofensiva generalizada" contra los sistemas de intercambio de archivos entre particulares (P2P).

Los responsables de Donkeymania no pueden tener "ninguna responsabilidad penal", en opinión de Maestre, debido a que "no hay ni una resolución de que los contenidos sean ilícitos, ni se les notificó previamente su existencia". La LSSI establece en su su artículo 17.a que los prestadores de servicios de la Sociedad de la Información no son responsables de los enlaces que ofrecen si no tienen "conocimiento efectivo de que la actividad o la información a la que remiten o recomiendan es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización".

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