Menú

Ibarretxe argumenta en Estrasburgo que la Ley de Partidos quiere ocultar los "fracasos" de Garzón

Ibarretxe dio la pasada semana un paso más es un permanente desafío a las instituciones y los tribunales. Presentó una demanda contra el Estado español ante el Tribunal de Estrasburgo. Uno de sus principales argumentos es que articuló la Ley de partidos tras la incapacidad del juez Garzón por probar los vínculos entre Batasuna y ETA.

L D (EFE) Dice el Ejecutivo vasco que ante la imposibilidad de disolver la formación abertzale por la vía penal, el Gobierno central optó por elaborar la Ley de Partidos, que fue aprobada mayoritariamente en el Congreso y que permitió iniciar los trámites para dejar fuera de la legalidad a Batasuna. Posteriormente, una sentencia del Tribunal Constitucional declaró ilegales las actividades de Batasuna al considerar probado que estaba al servicio de ETA.

El Ejecutivo de Vitoria entiende que la citada norma y la sentencia del Tribunal Constitucional que avaló su legalidad vulneran el Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos aunque reconoce que la aprobación de la ley por las Cortes “responde a una situación comprensible de hartazgo ante la pervivencia del terrorismo existente en la sociedad española”.

Para el Gobierno vasco, según el texto presentado el pasado miércoles ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el objetivo de la ley es “expulsar del sistema a un partido político contra el que no se habían logrado reunir elementos probatorios suficientes de su vinculación o connivencia con ETA para disolverlo penalmente”. “Quizás no se confiara en que el sumario 35/02 —que instruye el magistrado de la Audiencia Nacional— trajera resultados de forma tan inmediata como se deseaba, a pesar de la sorpresiva suspensión cautelar de la actividad de Batasuna decretada por el Juez instructor de esa causa”, añade el texto.

El escrito señala asimismo que “el baldío intento de suspender la actividad de los grupos parlamentarios, de junteros y de concejales en el País Vasco de ese partido a instancias de dicho Juez instructor, frenado en seco por la Fiscalía General del Estado, sería una muestra de las limitaciones de la estricta vía penal”.

Concluye que “cabría pensar, por lo tanto, que lo que para un juez de la Audiencia Nacional era una empresa difícil y de improbable éxito, dado el escaso soporte probatorio en que se fundaba, no encontrara obstáculos si lo decidía la Sala Especial del Tribunal Supremo una vez relevada, a través de la Ley de Partidos, de la rigurosa observancia” de las garantías procesales.

No es ésta la única consideración de tipo político expresada en el escrito, en el que se alude asimismo a “la débil tradición española respecto a las libertades y derechos públicos que afortunadamente se quebró con la aprobación de la Constitución de 1978”. En este sentido, en la demanda se pide que se tenga en cuenta “la lógica debilidad organizativa, la falta de experiencia política normalizada y de arraigo en la sociedad de los partidos políticos que protagonizaron la transición desde el franquismo hacia la democracia”.

Así, se refiere a la UCD y a Alianza Popular como formaciones que “provenían de las estructuras del régimen anterior”, el primero “con un afán reformista” y el segundo “con la añoranza del pasado inmediato”.

El Gobierno vasco también alude a “la intensa y cruel actividad terrorista desplegada por ETA durante todo el proceso constituyente con innumerables atentados y asesinatos”, y señala que en el Congreso de los Diputados elegido en 1977 “estaba representada la llamada izquierda abertzale cuya actitud frente a esos actos nunca fue crítica ni, desde luego, dio lugar a condena alguna”.

Temas

En España

    0
    comentarios