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Los conductores tendrán que confiar en la "profesionalidad" de los agentes que les retiren el carné

El director general de Tráfico, Carlos Muñoz-Repiso, dijo este viernes que habrá que confiar "en la profesionalidad y experiencia" de los agentes encargados del tráfico cuando éstos decidan retirar el permiso de conducir a un ciudadano, porque van a seguir el criterio de que sea "muy evidente" que el conductor ha perdido las condiciones necesarias para circular.

L D (EFE) La nueva ley que habilita a los agentes para retirar el carné de conducir –antes sólo lo podían hacer las jefaturas de Tráfico– entrará en vigor el próximo 1 de enero.
 
Muñoz-Repiso ofreció este viernes una conferencia de prensa para explicar la reforma legislativa que se tramita en el Senado a través de una enmienda del PP a la ley de acompañamiento a los Presupuestos de 2004 y que ya fue aprobada el jueves en la comisión de Economía de la Cámara Alta.
 
La enmienda añade el artículo 71 bis a la Ley de Tráfico y establece que, "cuando el agente de la autoridad compruebe que el conductor infractor o implicado en un accidente presente, además, síntomas evidentes de que ha perdido las condiciones necesarias para conducir, intervendrá de manera inmediata el permiso o la licencia de conducción".

El director general de Tráfico subrayó que se trata de "una medida cautelar y no sancionadora" dirigida a "quitar de la conducción a personas que son peligrosas para los demás" y que sólo será aplicable cuando el conductor haya cometido una infracción o se haya visto implicado en un accidente. Asimismo, detalló que la intervención no es irrevocable, por lo que el afectado recuperará el documento si demuestra que reúne las condiciones necesarias para conducir.

Los conductores tendrá que fiarse de los agentes

En cualquier caso, el responsable de la DGT dejó claro que sólo se adoptará esta medida cuando los síntomas sean "muy evidentes", y aunque explicó que no se elaborará un reglamento para desarrollar esta norma, apuntó que los agentes podrían recibir algunas instrucciones sobre los supuestos en los que deben intervenir. Muñoz-Repiso aclaró que "lo que no sea evidente está excluido" y pidió confianza en "la profesionalidad y experiencia" de los agentes encargados del tráfico.

El director de Tráfico recordó que esta medida ya fue avanzada por el ministro del Interior, Angel Acebes, en la presentación del plan especial para reducir la siniestralidad en las carreteras, si bien la medida inicial se refería únicamente a las "condiciones físicas". A este respecto, Muñoz-Repiso indicó que no sabe cuál será la redacción final de la enmienda y reconoció desconocer si la supresión del término 'físicas' responde a "un error de mecanografía o a la voluntad de hacerlo de una forma más amplia".

Entre estas condiciones físicas, puso como ejemplo casos de conductores que circulan con brazos o piernas escayolados o con pérdidas de visión producidas por un golpe o una enfermedad. Sin embargo, descartó que esta medida se pueda aplicar ante alteraciones de nervios producidas por un accidente o en casos de conducción bajo los efectos del alcohol, ya que esta circunstancia está tipificada como delito y conlleva otro tipo de procedimiento.

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