LD (EFE) En su resolución, la Junta electoral informa de que, tras analizar las alegaciones formuladas por la Junta de Andalucía ha determinado que la campaña supone una vulneración de dos artículos de la normativa relativa a la publicidad en periodo electoral.
No obstante, la Junta Electoral considera que no es pertinente la incoación de un expediente sancionador a los responsables de la citada campaña –como solicitó el PP en su denuncia–, ya que de la actuación de la Administración "no se deduce razón para depurar esa responsabilidad".
La suspensión de la campaña de la Consejería de Empleo es la primera que acuerda la Junta Electoral de Andalucía, después de que el pasado 24 de enero desestimara las denuncias presentadas por el PP-A contra las Consejerías de Empleo y de Obras Públicas del Gobierno andaluz por distintas campañas publicitarias que, según los populares, podrían contravenir las normas de publicidad en periodo electoral.